Durante una década, 2009 al 2019, instituciones del sector justicia pagaron Q14.7 millones en indemnizaciones para sus máximas autoridades. En 2004, una resolución de la Corte de Constitucionalidad dio vía libre al pago de este beneficio que, desde el punto de vista de abogados laboristas, es ilegal porque son puestos designados para un periodo determinado, sin perjuicio a su trabajo.
Durante años, algunos funcionarios del Sector Justicia recibieron sueldos que superan hasta 30 veces el salario mínimo en Guatemala. Pero, además, al terminar su periodo laboral fueron compensados por la institución que presidieron con una indemnización de cientos de miles de quetzales, con la que se pudo construir una escuela o comprar insumos básicos para un centro asistencial.
La Corte de Constitucionalidad (CC), Corte Suprema de Justicia (CSJ), Ministerio Público (MP), Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP) y Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) pagaron en los últimos diez años Q14,758,825.25 en indemnizar a 23 personas que fueron designadas en su mayoría por el Presidente o el Congreso de la República.
En 2016, la Corte de Constitucionalidad pagó a los magistrados nombrados para el periodo 2011-2016 la suma de Q3,013,553 en indemnizaciones. Gloria Patricia Escobar Porras recibió Q581,533.40 como compensación por su tiempo como presidenta de la Corte durante el último año. Ella fue reelecta como magistrada para el periodo 2016-2021, tiempo por el que también será indemnizada.
Otro de los exmagistrados, Alejandro Baltazar Maldonado Aguirre recibió Q396,286.15 de indemnización, antes de su renuncia el 14 de mayo de 2015 para asumir como vicepresidente de la República, tras la renuncia de la ex vicepresidenta Roxana Baldetti acusada de corrupción. Mauro Roderico Chacón Corado, Héctor Hugo Pérez Aguilera y Roberto Molina Barreto, también magistrados de esa corte recibieron cada uno Q 484,733.40.
Otro ejemplo de este tipo de pago compensatorio por servicios realizados fue la que se pagó en 2012 a Sergio Fernando Morales Alvarado, quien en ese año dejó su cargo como Procurador de los Derechos Humanos, puesto por el que cobraba al mes Q100,525.00.
Al concluir su mandato de cinco años (2007-2012), el ex PDH recibió una indemnización de Q523,677.08. Morales Alvarado también estuvo a cargo de la PDH en el periodo 2004-2007 por lo cual fue indemnizado con Q544,510.42. A pesar de que esta cifra no fue tomada en cuenta para calcular las indemnizaciones pagadas durante una década en este reportaje, fue consignada para dejar un precedente de los millonarios desembolsos que hace el Sector Justicia en este rubro.
Además, en estos últimos diez años fueron indemnizados Thelma Aldana (Q223,886) y Claudia Paz y Paz (Q189,208) como jefas del Ministerio Público y Blanca Aída Stalling (Q225,929) como directora del Instituto de la Defensa Pública Penal.
Estos pagos tienen sustento legal, ya que en 2004 la Corte de Constitucionalidad avaló las indemnizaciones para los diputados, presidente y vicepresidente de la república ─y los cargos que fueran designados por estos dos poderes del Estado─, derogando un decreto emitido por el entonces presidente Alfonso Portillo, que las había prohibido unos meses antes.
Las millonarias indemnizaciones fue un tema que provocó pugnas hace 17 años en el Congreso de la República y en la Corte de Constitucionalidad, pero este debate vuelve a surgir luego de que más de 40 diputados solicitaron una compensación por los cuatro años (2016-2020) que ocuparon un asiento en el Palacio Legislativo.
Tras rechazo, Congreso prohíbe indemnizaciones
Todo comenzó el 27 de noviembre de 2003, durante una sesión plenaria. Ese día, el Congreso aprobó el acuerdo legislativo 44-2003, con el cual se aumentó a Q50 mil el sueldo de un congresista, y se autorizó una indemnización equivalente a un mes de sueldo por año trabajado. 71 diputados aprobaron ese beneficio. La bancada oficialista que lideraba el legislativo era el Frente Republicano Guatemalteco (FRG), el partido donde el ex dictador Efraín Ríos Montt era su máximo dirigente.
En una publicación de Prensa Libre, del 28 de noviembre de 2003, titulada “Millonaria compensación” el entonces diputado por la URNG, Ricardo Rosales reconoció que votó a favor del acuerdo y dijo que los beneficios aprobados “son un digno reconocimiento para el trabajo de los congresistas”.
Sin embargo, no todos estaban de acuerdo. El 1 de diciembre de ese año, las diputadas Nineth Montenegro y Anabella de León presentaron una acción de inconstitucionalidad ante la Corte de Constitucionalidad para derogar el acuerdo. El argumento de las legisladoras fue que los diputados no son trabajadores del Estado, sino son representantes del pueblo elegidos para un periodo de cuatro años.
La acción presentada por las congresistas quedó sin materia legal y ya no fue conocida por la Corte de Constitucionalidad debido a que el 16 de diciembre de 2003, el Congreso, luego de críticas y presiones, derogó el acuerdo aprobado con0 un nuevo decreto, el 56-2003.
El decreto 56-2003 prohibía el pago de indemnizaciones para los diputados del Congreso, el Presidente y Vicepresidente de la República y los funcionarios electos o designados por el Ejecutivo y Legislativo.
Dicho decreto tuvo el apoyo del entonces presidente Alfonso Portillo y fue publicado en el Diario de Centroamérica el 7 de enero de 2004. Entre las personas que según este decreto, no podían percibir indemnizaciones están los magistrados de la CC, CSJ y TSE, Procurador General de la Nación, Fiscal General de la República y Procurador de los Derechos Humanos, entre otros.
Pero esta pugna por indemnizaciones para los servidores públicos, no terminó aquí, ya que un grupo de abogados elevó esta discusión a la Corte de Constitucionalidad, que analizar las acciones, y permitió el desembolso de los millonarios pagos, en los que ellos también salieron beneficiados.
CC da vía libre a las millonarias indemnizaciones
El 12 de febrero de 2004, el abogado Guillermo Antonio Porras Ovalle, quien fue magistrado suplente de la CSJ en 1992-1993, presentó una inconstitucionalidad en contra del decreto 56-2003. Esta acción la presentó con los profesionales José María Arana Tobar y Amarilis Ondina Navas Portillo.
Uno de los argumentos de la acción legal fue que el Organismo Judicial gozaba de un pacto colectivo que avala las indemnizaciones de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y que se rige bajo su propia Ley del Servicio Civil.
“Los razonamientos que proceden, nos conducen a concluir, que el Decreto 56-2003 del Congreso de la República es inconstitucional, porque suprime derechos adquiridos por los magistrados del Organismo Judicial”, dice la acción legal presentada por los tres abogados a la que No-Ficción tuvo acceso.
Cuatro meses después, en su resolución de fecha 12 de junio de 2004, la Corte de Constitucionalidad ─integrada por los magistrados: Cipriano Francisco Soto Tobar, Mario Guillermo Ruiz Wong, Carlos Enrique Luna Villacorta, Carlos Enrique Reynoso Gil, Gloria Mergar de Aguilar, Francisco José Palomo Tejada y Manuel de Jesús Flores Hernández─,dio una nueva vía a las indemnizaciones. En esa ocasión, los magistrados decidieron amparar la acción de inconstitucionalidad y derogar el decreto que prohibía estos compensatorios, bajo el argumento de que el Organismo Judicial tenía un pacto colectivo que avalaba este beneficio.
“Esta Corte estima que, el Decreto 56-2003 del Congreso de la República, riñe con la Ley Fundamental, al pretender dejar sin valor ni cumplimiento garantías constitucionales de índole laboral; además, se están vulnerando garantías del Organismo Judicial, al interferir en su independencia funcional y económica, pues se está obligado a cambiar el destino del dinero presupuestado para el pago de indemnización, bono, gratificación, remuneración por tiempo servido o cualquier otra denominación en ese concepto, para todos aquellos funcionarios o empleado bajo renglones presupuestarios 022 y 189”, dice la resolución.
Siete años después, el abogado Guillermo Antonio Porras Ovalle, uno de los magistrados que resolvió permitir las indemnizaciones, gozó del beneficio de este recurso del Estado. En 2009, fue nombrado como Procurador General de la Nación (PGN) por el presidente Álvaro Colom. Según una nota del Diario La Hora, titulada “Al menos Q95.4 millones en indemnizaciones del OJ, CC, PDH, PGN y CNEE”, Porras Ovalle recibió Q60, 849 de indemnización por dos años que estuvo como PGN.
En esa fallo, los entonces magistrados de la Corte de Constitucionalidad resolvieron a su favor, porque al finalizar su mandato, ellos y sus sucesores recibieron compensaciones millonarias pagadas con los recursos públicos.
“No deben pagarse indemnizaciones”
El artículo 110 de la Constitución de Guatemala señala que “los trabajadores del Estado, al ser despedidos sin causa justificada, recibirán su indemnización equivalente a un mes de salario por cada año de servicios continuos prestados. Este derecho en ningún caso excederá de diez meses de salario”.
Para Julio Saavedra, abogado laboral y exjefe del área laboral de la Procuraduría General de la Nación, este artículo avala las indemnizaciones para los trabajadores del Estado que son despedidos, pero no se refiere a indemnizaciones para a funcionarios que fueron electos o designados para un periodo establecido.
“Las indemnizaciones a favor de funcionarios públicos que han sido designados, electos o nombrados para un plazo específico simple y sencillamente no proceden, porque ellos con antelación conocen la fecha exacta en la cual terminarán sus funciones, no se hace un daño. El espíritu de la indemnización se le causa a un daño a una persona por la terminación injusta de un contrato y acá no se está terminando un contrato de manera injusta”.
Al cuestionar a Saavedra sobre el argumento esgrimido por los magistrados de la CC que derogaron el decreto 56-2003, sobre si en el caso de que una indemnización se encuentra establecida en un pacto colectivo, ésta no puede ser prohibida a través de un decreto, explicó que no es jurídicamente viable, porque la Constitución establece en qué casos puede darse este beneficio.
“A mi criterio no es correcto. Es jurídicamente inapropiado que el fiscal general, y esos altos puestos, invoquen al pacto colectivo de condiciones de trabajo, como instrumento jurídico fundante para el pago de una indemnización. Son malas prácticas que han tenido la Corte de Constitucionalidad, Tribunal Supremo Electoral, Corte Suprema de Justicia, Fiscal general y Procurador, en donde hay un advenimiento del plazo para el que fueron designados. No hay daño, y el pago de la indemnización es improcedente”, reitera.
En la misma línea, el abogado experto en tema laboral, Adrián Zapata Alamilla criticó estos pagos y enfatizó que el problema es el argumento que usan los altos funcionarios para justificar la indemnización, es decir, que los pactos colectivos son los andamiajes legales para respaldar y establecer indemnizaciones universales.
“La famosísima conocida como indemnización universal que dice que procede para todos sin importar la causa. Los funcionarios se han agarrado de eso para decir que, como en esa dependencia hay indemnización universal, ellos también tienen derecho. Lo cual encuentra dos conflictos: uno, porque tienen un contrato a plazo fijo y dos, porque hay conflicto de interés, porque algunos funcionarios negocian los pactos colectivos”.
Rechazando una indemnización de miles
En 2017, Jorge de León Duque terminó su período (2012-2017) como Procurador de los Derechos Humanos y rechazó la indemnización que “por ley” le correspondía. Su argumento para no aceptar el desembolso fue que los puestos designados para un periodo no deben recibir este beneficio porque riñe con lo establecido en la Constitución. Además, redujo el sueldo del PDH a la mitad.
Al consultar a De León Duque sobre las indemnizaciones millonarias que se han pagado históricamente, dijo que un servidor público debe ser ejemplo de honestidad, austeridad y decencia. Añadió que las indemnizaciones no deberían ser recibidas por los altos funcionarios como magistrados, fiscales generales y procuradores.
“Considero que cuando alguien es electo o designado para un puesto con tiempo establecido, no se causa algún daño, porque no hay sorpresa con un supuesto despido. Yo sabía que entraba en agosto de 2012 y terminaba en agosto de 2017 ¿Cuál es el perjuicio que se me causó? Ninguno. Si entendemos el origen de la indemnización entendemos que quienes somos electos o nombrados para periodos establecidos no tenemos derecho a una”, explica.
A consideración del abogado Julio Saavedra, el hecho de buscar una indemnización riñe con el fin del servidor público, que es brindar un servicio a tu país. Además, aduce, no es válido el argumento de querer cubrir los años que se dejó de laborar en el ámbito privado.
“Ellos (los cargos que reciben indemnización) lo que quieren es cubrir el costo de oportunidad de haber dejado sus oficinas profesionales por los años que le dedicaron al servicio civil. Eso es una crueldad. El servicio civil se fundamenta en el sacrificio de las personas en favor del bien común, y las funciones públicas que ejerce el Estado”, concluye.
Diputados intentan recibir indemnización
Algunos de los diputados que no pudieron reelegirse para la actual legislatura presentaron al Congreso de la República una solicitud para el pago de una indemnización por los cuatro años que ocuparon una curul.
Entre los que pidieron este beneficio se encuentra Ernesto Galdámez (FCN-Nación), prófugo por un caso de corrupción en el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) y los esposos Roberto Kestler, ligado a proceso penal por otro caso de corrupción en Salud, y Edna Soto de Kestler (TODOS), quien ocupó la curul al momento que Roberto fue capturado y enviado a prisión.
Otro de los solicitantes de la indemnización es Jaime Regalado Oliva (Movimiento Reformador), actual embajador de Guatemala en Nicaragua. Regalado Oliva pidió permiso al Congreso en abril de 2018 para ausentarse y nunca regresó. Su lugar fue ocupado por Dunia Marisol Espina, quien también pidió al Legislativo que la indemnice.
Tras darle vía libre al pago de indemnizaciones, el Estado ha erogado cifras millonarias, un ejemplo, los Q14.7 millones pagados en una década a funcionarios del sector justicia. Actualmente, basados en la resolución de la Corte de Constitucionalidad de 2004, un grupo de exdiputados pide una compensación económica por los cuatro años que brindó un servicio a su país, no conformándose con haber cobrado Q 1.5 millones en sueldos.