NARRATIVA – INVESTIGACIÓN – DATOS

Ilustración de portadas que muestra la producción masiva de amparos contra el IGSS, representada como impresoras generando documentos sin pausa. Visualiza el fenómeno creciente de recursos legales que obligan al Seguro Social a comprar medicamentos específicos.

Amparos en el IGSS: agobio para los pacientes, negocio para los demás

En los últimos siete años, se han presentado alrededor de 4,000 amparos para forzar al Seguro Social a comprar un medicamento. Detrás de cada uno se oculta un expediente judicial y una historia con varios protagonistas: pacientes que necesitan un fármaco, médicos y asociaciones que promueven ciertas marcas, abogados especializados en presentar cientos de amparos, un IGSS inmóvil o cómplice, y jueces que deciden qué medicinas se financian con fondos públicos.

*Este es el segundo de una serie de tres reportajes que abordan el uso de amparos para comprar medicamentos en el IGSS.Por Guatemala Leaks

Lee aquí el primer reportaje de esta serie: amparo a amparo, así se arruina el IGSS, aquí.


Asier Andrés / Pilar Crespo Ordoñez / María José Longo Bautista

La historia de esta paciente comienza cuando el mundo se mantuvo en un impasse a causa de la pandemia del covid-19. Su vida se detuvo en el intensivo de un hospital en Estados Unidos, a donde viajó para acompañar a su familia. Se contagió en 2020, la enfermedad se complicó y estuvo a un paso de la muerte.  

Cuando se recuperó y regresó a Guatemala, ignoraba que tendría que emprender una batalla legal por seguir viva. Una lucha durante la cual, en muchos momentos, más que una paciente sería considerada mercancía. 

El nombre de la protagonista de esta historia no será público, Guatemala Leaks lo reserva para proteger su privacidad. La alianza de medios cuenta con la documentación que respalda sus palabras.

El médico privado que la atendió confirmó que el covid-19 le había dejado como secuela fibrosis pulmonar, una enfermedad que, poco a poco, dificulta el acto natural de respirar. Los pulmones pierden su capacidad de expandirse como globos. Le falta aire cuando sube escaleras, vive con una tos seca que no cede y con cansancio.

Para mejorar su condición le recetaron pirfenidona. Este es un medicamento de alto costo indicado para otro tipo de fibrosis pulmonar, pero que comenzó a usarse durante la pandemia de manera experimental. Cinco años después, estudios médicos recientes dudan de su efectividad en la mejora de las secuelas graves por covid-19.

La entrada al Hospital General de Enfermedades del IGSS, en la zona 9 capitalina. Simone Dalmasso
La entrada al Hospital General de Enfermedades del IGSS, en la zona 9 capitalina. Simone Dalmasso

Dado el precio del fármaco –la familia gastaba entre Q5,000 y Q6,000 mensuales en comprar el medicamento en México–, la única opción sostenible de la paciente era recurrir al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). Pero como no figura en el listado básico de medicamentos, el médico de la institución no podía recetar.

Entonces, acudió a la oficina del Procurador de los Derechos Humanos (PDH) y allí le informaron que podía presentar un amparo para exigir la pirfenidona. El PDH le brindaría asesoría legal gratuita. A partir de entonces, tuvo experiencias que la sorprendieron. 

La primera ocurrió dentro de las instalaciones del IGSS, cuando una doctora se acercó para ofrecerle una caja por Q27,000, y los servicios de un abogado para presentar el amparo.

La médica no fue la única en contactarla. Después, recibió la llamada de otros abogados para llevar su caso y la de una viuda que ofreció venderle el medicamento que su esposo ya no alcanzó a utilizar. 

La paciente tiene claro que su información personal figura en los registros del IGSS, lo que no entiende es por qué personas ajenas a la institución sabían que necesitaba pirfenidona. Además, tenían su número telefónico.

Del amparo al tratamiento más caro

La paciente rechazó los ofrecimientos y esperó unos meses a que se resolviera el amparo que presentó con la ayuda del PDH. Finalmente, ganó. Recibió el medicamento, pero su angustia no terminó con el proceso legal. 

Desde julio de 2025 está en una disyuntiva. A pesar de que ella cuenta con una orden judicial a su favor, el IGSS le informó que ya no comprarán la marca por la que ella se amparó: Esgrinil. Esta la distribuye la Agencia Farmacéutica Internacional (Agefinsa); el costo de la pastilla es de Q190. 

Sin mayor justificación, le dijeron que debía presentar un nuevo amparo y solicitar Misofagan, que distribuye la empresa Plenitud 365, o Fibriet, de Rentas y Servicios Empresariales Las Verapaces. Punto.

Ambas son tres veces más caras que Esgrinil. Cada pastilla de Misofagan cuesta Q660 y cada unidad de Fibriet, Q665.

A pesar de ello, son dos de las marcas que se apoderaron del mercado de la pirfenidona en el IGSS, como se informó en el primer reportaje de esta serie. 

La paciente se pregunta por qué debe cambiar el Esgrinil –un medicamento en el que confía porque se siente bien– por otro que le costará el triple al Seguro Social.  

Desde que le notificaron que no comprarían más la marca que le daban, acceder a su tratamiento ha sido complicado. Pasó diez días sin la medicina, hasta que el IGSS se la proveyó de nuevo. Y esto tuvo un impacto en su salud: volvió la tos seca, se agota al hablar y le cuesta respirar.

Ella todavía no sabe si presentará un nuevo recurso para que le den Esgrinil. “No sé si se va a resolver. Otras personas, con tal de que les sigan dando la medicina, optan por callar”.

La avalancha de amparos en el IGSS

Entre 2017 y 2024, se presentaron casi 4 mil amparos contra el IGSS, según datos proporcionados por la institución, casi uno diario. Y detrás de cada uno de ellos, hay historias que suelen comenzar con la necesidad de un paciente.

La judicialización de la salud es un fenómeno tan extendido que incluso se utiliza para exigir fármacos tan cotidianos como la aspirina o la vitamina B.

Pero lo más común es que se soliciten medicamentos para problemas de salud graves o enfermedades crónicas que pueden reducir la calidad de vida de una persona, si no recibe el tratamiento adecuado.

Esta necesidad, muchas veces urgente, es el motor que mueve todo lo demás.

Porque detrás de cada amparo, también se esconde una serie de intereses, debilidades, influencias o negocios que se evidencian cada vez que alguien acude a los tribunales para pedir un fármaco.

Este fenómeno comenzó como algo aislado en el Seguro Social durante los primeros años del siglo, pero ha crecido tanto que en 2024, el IGSS gastó alrededor de Q1,700 millones en casi 200 medicamentos amparados diferentes. Esto representó cerca del 46 % de su gasto total en fármacos, según encontró esta investigación.

No todos los amparos son iguales. Unos están más justificados que otros. 

A veces, a los pacientes no les queda más remedio que acudir a los tribunales. Por ejemplo, cuando se les niega un medicamento que sería habitual recibir en otros países, pero que el IGSS no contempla en su listado básico y, por tanto, no cubre. Esto suele suceder en enfermedades como el cáncer.

Pero en otros casos, se piden por amparo medicamentos de una marca en particular, sin mayor justificación, solo porque una persona decidió que no quiere el que le ofrece el IGSS. 

Muchas veces, el fenómeno parece estar más relacionado con intereses comerciales que con el derecho a la salud.

Pero, en todo caso, los amparos no ocurrirían sin la participación de una serie de protagonistas. Sobre ellos trata este segundo reportaje.

farmacéuticas, médicos, abogados y asociaciones de pacientes y los tribunales: los protagonistas detrás de los amparos

Pacientes que necesitan un fármaco; médicos y asociaciones de pacientes que incentivan la venta de medicamentos de ciertas marcas, ya sea por convicción o influencia de la industria; abogados que presentan cientos de amparos; un IGSS que considera esto un problema, pero no lo ataja o es cómplice; y unas cortes de justicia que casi siempre dan la razón a los pacientes, sin tener en cuenta consideraciones técnicas, económicas o de salud pública.

Ocho fuentes consultadas, entre expertos, empresarios y exfuncionarios del IGSS, coincidieron en que detrás del fenómeno hay redes que estimulan la multiplicación de los amparos, no por el derecho a la salud, sino porque son una forma de abalanzarse sobre el presupuesto del IGSS y repartir el botín.

Ex funcionario que pidió no ser identificado por temor a represalias.

IGSS

“Hay una relación orgánica entre compañías farmacéuticas, asociaciones de pacientes y abogados y, a través de los abogados, con las cortes”,

Hay algunos indicios para pensar que esto es cierto, al menos en parte. 

En realidad, son solo unas pocas personas las que impulsan una gran cantidad de amparos: tres abogados presentaron 597 amparos y tres médicos firmaron 349 certificados para justificarlos entre 2020 y 2023.

Estos datos provienen de un análisis interno realizado por el IGSS al que se accedió para este reportaje. 

Además, en un análisis de cien expedientes judiciales realizado para esta investigación, se observó una concentración similar en pocos abogados y médicos. 

En sus documentos, el IGSS considera que los amparos son un “abuso” y sospecha que tras ellos se esconden todo tipo de irregularidades.

Pero el fenómeno no es sencillo de simplificar. En él no solo participan redes que buscan lucrarse, como asume el Seguro Social en sus documentos internos. También participan pacientes, médicos, jueces o abogados que hacen lo que consideran justo: exigir al IGSS que proporcione la mejor atención posible a sus afiliados.

El Seguro Social tiene el mayor presupuesto para comprar medicamentos en el país, pero solo ofrece cobertura a un 20 % de la población, el resto es atendida por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. 

Esto es una ventaja para la institución, pero también le genera presión. Para muchas personas, el IGSS no puede alegar que carece de los recursos. Por tanto, es legítimo exigirle, a través de los amparos, que sea más eficiente o mejore sus servicios.  

“No estoy en contra de la judicialización, pero tampoco estoy a favor”, dijo Luis Pablo Méndez Alburez, un investigador en temas de salud de la Universidad Rafael Landívar (URL) y doctorando en la Universidad de Padua. 

Luis Pablo Méndez Alburez

investigador en temas de salud de la Universidad Rafael Landívar (URL) y doctorando en la Universidad de Padua.

“Hay muchos ángulos y grises en cada nivel y no quisiera satanizar una sola cosa. Sé que hay coimas y hay desconocimiento y temas estructurales que moldean el fenómeno”,

Pero sea un problema solo de corrupción, tal y como a veces se plantea, o algo mucho más complicado, la judicialización plantea un debate que apenas se ha discutido en el país.

¿Qué es exactamente el derecho a la salud?

Para esta serie de reportajes, se trató de obtener una entrevista con las autoridades actuales del IGSS. Al cierre de esta edición no se había logrado, pese a repetidas solicitudes.  

La consulta privada, origen del amparo

Como le sucedió a la paciente, todo suele comenzar con una necesidad y una promesa.

Una persona está enferma y necesita estar mejor. Un medicamento promete resolver el problema. Por eso, casi siempre, la historia de un amparo comienza en la consulta de un doctor.

Un afiliado al IGSS padece una enfermedad. El tratamiento que le ofrecen no le convence o no ha producido la mejora esperada. Por eso, el paciente acude a escuchar una segunda opinión en una consulta privada. 

Allí se menciona el nombre de un fármaco diferente al que la persona toma. Puede ser uno más novedoso que los laboratorios promueven ahora. O quizá es el mismo principio activo, pero de otra marca.  

Así se genera la promesa. El cambio de tratamiento podría hacer sentir mejor al paciente.

Según explica el experto Méndez Alburez, en la relación médico-paciente se dan dinámicas complejas. Por una parte, las personas esperan encontrar en el médico una solución en forma de medicamento. Y a veces, presionan para conseguirlo. Por otra, los profesionales quieren corresponder la confianza que los pacientes depositan en ellos, dándoles esperanza, abriendo la puerta a que quizá este u otro medicamento pueda ayudar.

“Podemos pensar que detrás de la judicialización está la influencia de grandes empresas que piden ser beneficiadas. Y sí. Pero cosas tan básicas como la relación médico-paciente moldean el fenómeno”, dijo Méndez Alburez.

Para los médicos privados, recomendar un cambio de tratamiento no implica riesgos. No hay mucho que perder. El nuevo fármaco puede funcionar mejor. El genérico que recibía el paciente podía no ser de la mejor calidad.

En los casos de enfermedades como el cáncer, además, los médicos tienen la certeza de que el IGSS simplemente no ofrece, en su cobertura, los tratamientos más recientes y eficaces. 

La entrada al Hospital General de Enfermedades del IGSS, en la zona 9 capitalina. Simone Dalmasso

Si el nuevo fármaco implica un costo, porque el IGSS no lo cubre o no suele ofrecer esa marca, es un problema, pero no insalvable. Para eso existe la posibilidad del amparo. Se puede forzar al Seguro Social a pagar por él, aunque el precio del medicamento sea elevado.

Al paciente le parece lógico. Para eso cumple con pagar sus cuotas a la institución. A los médicos también les resulta lógico: cada vida merece protegerse con todos los recursos disponibles. Y si el IGSS no quiere, pues que un tribunal lo obligue a hacerlo.

“Yo no soy nadie para decirle a una persona a la que le hablé de un fármaco que yo conozco, ‘mire, esto le va a costar muchísimo al IGSS, mejor no se ampare, mejor muérase’”, comentó Fabiola Valvert, una hematóloga que ejerce en una consulta privada y que atiende casos de enfermedades mortales como el mieloma.

El médico, entonces, extiende un certificado a favor del paciente que servirá de base para presentar el amparo.

En el documento se suele exponer el diagnóstico y se afirma que, para ese problema, está indicado un fármaco en particular.

Recetas que obligan: cuando una firma médica basta para imponer una marca

A veces, se usa solo el nombre genérico del medicamento, pero con frecuencia se indica también la marca para que no haya dudas. Así, el IGSS no tendrá más remedio que comprar ese producto en concreto.

Lo más probable, como muestran los cien expedientes judiciales consultados para este reportaje, es que el médico no tenga que hacer nada más por su paciente. No necesita argumentar su recomendación de cambio de tratamiento ante los tribunales, ni mostrar evidencia de que el paciente ha empeorado y que la causa es el fármaco que le proporciona el IGSS y no, por ejemplo, su dosificación o su interacción con otro fármaco.

Tampoco tiene que enfrentarse al criterio de otro colega que pueda tener una opinión diferente. Así, es común que se presenten amparos que podrían cuestionarse, desde un punto de vista médico. 

A veces, los pacientes, con el respaldo de un certificado médico, piden en tribunales que se les cambie un medicamento por otro que contiene exactamente el mismo principio activo.

En 2024, esto sucedió con al menos 40 fármacos, según halló esta investigación. Los pacientes querían otra marca del mismo medicamento que ya recibían.

Otras veces, los amparistas piden un fármaco que el IGSS no cubre porque es mucho más caro, pero que, en realidad, ofrece ventajas muy similares o algo superiores al que el paciente ya recibe.

Walter Flores

Especialista en análisis de sistemas de salud

“Los medicamentos que se judicializan no es que no sirvan, sino que no son los de mayor efectividad terapéutica, o los que ofrecen el mayor beneficio en términos de costo y población cubierta”

Pero en los tribunales estos debates científicos no se producen. Los doctores, en realidad, no están presentes. Les basta firmar un certificado médico.

“Este problema con los amparos se termina el día que se obligue a los médicos a ir a tribunales a justificar delante de todo el mundo lo que pusieron en un papel”, comentó el exfuncionario del IGSS que pidió no ser identificado.

La influencia de la industria farmacéutica no regulada en Guatemala

En la consulta del médico, además, interviene otro fenómeno: la influencia de la industria.

Las farmacéuticas son como cualquier otra empresa comercial. Recurren a estrategias de marketing o ventas para que los doctores prescriban lo que ellas quieren vender. 

Y en Guatemala, a diferencia de lo que sucede en otros países, esta relación no está regulada

En Estados Unidos, por ejemplo, están prohibidos los pagos directos a médicos a cambio de que receten fármacos. Además, si un profesional recibe de la industria regalos u honorarios por impartir conferencias, estos deben ser publicados. En Guatemala, esto no existe. 

La Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 80, sí prohíbe a las empresas que quieran proveer al Estado dar incentivos de cualquier tipo –primas, bonos, descuentos, viajes, obsequios– a los profesionales que compran o prescriben fármacos en las entidades públicas. Sin embargo, la relación entre industria y médicos privados no está regulada.

Y son precisamente los doctores en su práctica privada –aunque estos también puedan trabajar en instituciones públicas al mismo tiempo– quienes suelen respaldar los amparos.

Los únicos límites a esta relación los fijan los códigos éticos que se imponen a sí mismas algunas empresas –no todas– y los colegios profesionales. 

El Colegio de Médicos, en su Código Deontológico, de hecho, sí regula algunos de estos temas y prohíbe a los médicos recibir dinero a cambio de prescribir medicamentos. Sin embargo, su cumplimiento recae en el propio colegio.

El resultado es un mercado en el que la industria tiene mucha libertad para tratar de influir. Y, según coincidieron varios entrevistados, lo consigue.  

“Con perdón de los médicos, pero hay que decir que muchos están influenciados por la industria, repiten su discurso tal cual, no son críticos, porque sus viajes, sus premios, su formación, los seminarios a los que van… son pagados por la industria. Nadie puede negar eso en Guatemala”, expuso el experto Méndez Alburez.

“La ley dice que es el colegio el que regula la profesión. Y sí, el colegio tiene un tribunal de honor y un código, pero vemos que no se aplica, entre otras cosas, porque no hay nadie que se dedique a investigar las malas prácticas”, añadió el entrevistado.

“La influencia que ejerce la industria en las prácticas de prescripción es impresionante”, dijo Gustavo Estrada, un médico que trabajó en el IGSS y que ahora coordina el área de salud del Instituto de Investigación en Ciencias Naturales y Tecnología, de la Universidad Rafael Landívar. 

“No media el análisis riguroso para recetar algo, sino la influencia de la farmacéutica que, a veces, ofrece dádivas: congresos, viajes, regalitos, una visitadora médica guapa… Y los colegas se sienten con la obligación de corresponder a la industria. Si se hiciera un estudio, sobre las razones por las que prescriben un medicamento por encima de otro, probablemente muchos no sabrían muy bien qué responder”, añadió Estrada.

En otros países, es común que las recetas solo incluyan el principio activo de un medicamento. En Guatemala, en cambio, lo más frecuente es que también se incluya la marca. 

Fabiola Valvert, la hematóloga, reconoció que esto genera suspicacias. Pero, según explicó, no es cierto que eso signifique que los médicos reciban beneficios a cambio.

“¿Qué te dan las casas farmacéuticas por presentar una receta de un medicamento? Absolutamente nada”, comentó la doctora.

Esto, de hecho, según explicó, está prohibido. Las principales transnacionales farmacéuticas tienen códigos éticos que les impiden recurrir a estas estrategias de venta. 

Lo que sí sucede, expuso Valvert, es que la industria organiza congresos o conferencias y paga el costo de asistir a ellos. Pero, en su opinión, esto tiene fines estrictamente científicos y es lógico.

Si son empresas privadas quienes desarrollan los fármacos, es natural que también sean ellas quienes difundan información sobre cómo funcionan y qué beneficios tienen.

La doctora aseguró que, en muchas ocasiones, ella ha firmado certificados médicos que sirven como respaldo para que un paciente se ampare. Cuando hace esto, según explicó, suele indicar solo el principio activo y no la marca. Si bien, en el tipo de fármacos que ella suele recetar para la leucemia, por ejemplo, no hay mucha diferencia, porque lo común es que los medicamentos cuenten con una opción disponible. 

En todo caso, dijo, nunca ha recibido presiones de la industria para recetar un producto determinado.

En cambio, sí mencionó que quienes le han solicitado directamente que incluya marcas en sus recetas han sido otro actor clave en el fenómeno de los amparos: las asociaciones de pacientes.

El papel de las asociaciones de pacientes

“Yo, inicialmente, cuando hacía los informes para los pacientes que iban a presentar un amparo, solo ponía genéricos. A veces, porque ni me sé el nombre comercial o porque, en realidad, no importa porque solo hay uno”, expuso Valvert. 

“Pero las asociaciones te pedían que incluyeras el nombre comercial. Alguna vez me llamaron y me dijeron: ‘mire doctora, cámbiele, porque, a veces, entra un medicamento que no conocemos, los pacientes se ponen malos y tienen que presentar otro amparo’. Y dije ‘ok, si me lo planteas así, pues tenés razón’”, comentó la doctora.

Las asociaciones de pacientes están en el origen del fenómeno de los amparos en el país.

Desde hace dos décadas, estas agrupaciones presionan para que el IGSS compre ciertos fármacos para tratar el VIH, la enfermedad renal crónica (ERC) o la esclerosis múltiple.

Para lograrlo, recurren a amparos colectivos. En ellos, un grupo de pacientes, juntos, se organizan para exigir un medicamento en particular.

El papel de las asociaciones, según coincidieron varias fuentes, no es fácil de simplificar.

Por una parte, son un movimiento social que ha visibilizado los problemas que padecen personas con enfermedades graves.

También han contribuido a formar a los pacientes y sus familiares para que conozcan en qué consiste y cómo abordar su enfermedad.

Su activismo, además, ha ejercido presión sobre el IGSS o el PDH para que presten más atención a ciertos pacientes y al abastecimiento de los medicamentos que necesitan.

Pero desde el comienzo, a las asociaciones las acompaña la sospecha de favorecer los intereses de ciertas empresas.

Como en el caso de los médicos, la relación de estas agrupaciones con la industria no está regulada, salvo en los códigos éticos que tienen algunas empresas.

Esto se presta a que las farmacéuticas puedan financiarlas con donaciones de dinero o medicamentos e influir sobre ellas.

Las asociaciones, a cambio, pueden orientar a sus miembros a que presionen a las autoridades por ciertos medicamentos que benefician a una distribuidora farmacéutica en particular.

Así, en los últimos años, agrupaciones de pacientes han presentado amparos para evitar que el IGSS les proporcione genéricos que podrían ser más baratos y para seguir recibiendo marcas originales. Esto sucedió con el micofenolato marca Cellcept, un fármaco que toman las personas sometidas a trasplantes de órganos y que distribuye la empresa J. I. Cohen.

Pero también hay casos en los que presionan para que se les suministre medicamentos cada vez más caros.

Cuando la presión impone medicamentos más caros

La presión de asociaciones de pacientes ha logrado que el IGSS compre, por ejemplo, el paricalcitol marca Zemplar. Este fármaco previene el exceso de calcio en la sangre que suele estar asociado con la ERC.

El origen de este caso está en 2011, cuando alguien –que no se identifica en los expedientes judicialesdonó Zemplar a un grupo de pacientes renales.

Ellos dejaron de tomar el fármaco que hasta ese momento recibían en el IGSS para prevenir el exceso de calcio en la sangre: el alfacalcidol.

Pero cuando la donación se terminó, los pacientes presentaron un amparo para seguir recibiéndolo.

Decían que, tras tomar Zemplar, se sentían mejor que tomando alfacalcidol y querían que el nuevo fármaco fuera su tratamiento.

El IGSS se opuso, argumentando que el alfacalcidol era un tratamiento eficaz, que los pacientes no habían evidenciado lo contrario y, además, era más barato.

En 2024, una pastilla de Zemplar le costaba al IGSS Q119 por unidad. Mientras, que el alfacalcidol no superaba los Q0.50 por unidad.

Sin embargo, los pacientes ganaron y siguieron recibiendo Zemplar por orden judicial. Después, este fármaco se incluyó en la cobertura que ofrece el IGSS, por lo que ya no se debe comprar por amparo.

Así, gracias a la presión de las asociaciones, un tratamiento que tenía un costo anual de Q170, según un cálculo propio basado en los precios que paga el IGSS, se convirtió en uno por el que se paga cien veces más, unos Q18,600.

Con el tiempo, se publicaron estudios que evidencian que ambos medicamentos, alfacalcidol y paricalcitol, tienen efectos casi idénticos.

Sin embargo, el IGSS sigue comprando paricalcitol. En 2024, los dos distribuidores principales del fármaco, J. I. Cohen y La Botica, le vendieron Q34 millones de este fármaco al IGSS.

Tysabri y la esclerosis múltiple: el amparo que impuso el fármaco más caro

Una situación similar ha sucedido con un medicamento para la esclerosis múltiple llamado natalizumab, conocido por su nombre comercial Tysabri.

En 2012, una agrupación de pacientes presionó con amparos para obtenerlo, en vez de solicitar opciones más económicas y de eficacia muy similar, como el rituximab, que es el tratamiento recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para la esclerosis múltiple.

Ganaron y lograron que Tysabri se incluyera en el listado básico del IGSS.

En 2024, el IGSS pagó por cada dosis del fármaco, que se administra una vez cada 28 días, entre Q22,000 y Q25,000.

La beneficiaria es Stendhal, la única proveedora del medicamento en Guatemala. El año pasado, esta empresa le vendió Q27 millones de Tysabri al IGSS.

En cambio, rituximab, que sí tiene más alternativas, tuvo un costo por unidad unas 18 veces menor, de entre Q800 y Q1,700 por cada inyección. Este se administra con más frecuencia y en función de las características del paciente.

De los amparos colectivos a los individuales

En los últimos años, los amparos colectivos como estos han sido menos frecuentes.

Sin embargo, en algunos casos importantes, las asociaciones de pacientes aún fueron claves.

Así ha sucedido con el irbesartán marca Aprovel (un medicamento para la hipertensión) y el clopidogrel marca Plavix (un anticoagulante), dos lucrativos negocios para la empresa Lanquetin. 

Ambos fármacos se compran por amparo y le generaron a esta farmacéutica Q425 millones en 2024.

Y detrás de los últimos amparos a favor de estos dos medicamentos, presentados en 2021, está una organización: la Asociación de Afiliados del IGSS. A esta apenas se le conoce actividad alguna, más que la promoción de procesos judiciales que buscan favorecer a la empresa Lanquetin.

Pero, en términos generales, el auge de los amparos de los últimos años no ha tenido como protagonista a asociaciones de pacientes.

Fármacos como la pirfenidona que tomó la paciente de esta historia, en la que el IGSS gastó, en 2024, Q158 millones, se han generalizado a través de amparos individuales; paciente a paciente.

En algunos casos, además, ha sido el PDH quien ha asumido, en parte, el papel que antes ejercían las asociaciones. Este siempre tuvo relación con las asociaciones de pacientes y, con frecuencia, llevó a los tribunales al IGSS para que estuviera abastecido de ciertos fármacos.

Sin embargo, en los últimos años, el PDH, bajo el mando del procurador Alejandro Córdova, ha sido fundamental para beneficiar directamente a algunas empresas. 

Así ha sucedido con los proveedores de insulina glargina, marcas Lantus o Semglee. Este medicamento para la diabetes ahora se compra por orden judicial gracias a un proceso iniciado por el PDH en 2023. Esto genera ingresos millonarios a Lanquetin y a Aria Pharmaceutical Group.

Dos empresarios del sector que pidieron no ser identificados por temor a represalias confirmaron la importancia del papel que han jugado las asociaciones en la promoción de los amparos.

Uno de ellos, que es un proveedor mediano del IGSS, dijo que en un principio fueron organizadas y financiadas por la industria.

Y si su importancia se ha reducido, explicó la fuente, es porque a las empresas se les ha dificultado mantener esta relación con las asociaciones.

Esto ha ocurrido, según este empresario, porque las grandes farmacéuticas transnacionales ahora tienen normas éticas más estrictas que sus distribuidores locales también tienen que cumplir. Entre ellas, ser más transparentes con la financiación que proveen a organizaciones que luego promueven el uso de sus fármacos.

“Las asociaciones han quedado en el abandono. Ya no es como antes. Ahora se hace paciente por paciente”, dijo esta fuente.

El otro empresario, un proveedor más pequeño del IGSS, relató cómo las asociaciones conservan su importancia en algunas enfermedades. Él mismo dijo haber otorgado donaciones a algunas.

Esto es necesario, explicó, dado que sus rivales hacen lo mismo; todos financian agrupaciones afines que promueven amparos a favor de sus respectivos fármacos.

“O consigo pacientes a través de una asociación o no despacho el producto”, dijo esta fuente.

Estas, explicó el empresario, son fundamentales por un motivo principal: son el enlace entre el paciente que se quiere amparar por un medicamento y el abogado que le representará en los tribunales.

Los abogados que viven de los amparos

Los abogados son la cara más visible del fenómeno. Sus nombres aparecen en los expedientes judiciales de los amparos y, por tanto, son quienes más atención han recibido de su rival en los tribunales: el IGSS.

Desde hace años, la institución ha observado cómo los nombres de algunos abogados se repiten en cientos de casos. Y también ha notado cómo sucede lo mismo con un número reducido de doctores que firman grandes cantidades de certificados médicos.

Esto ha alimentado la sospecha de que, al menos una parte de los amparos, se explica por la existencia de redes dedicadas a litigar contra el IGSS para beneficiar a ciertas empresas.

En 2016, la institución, de hecho, denunció la existencia de una estructura que presentó 84 amparos.  

Según el Seguro Social, en estos procesos, médicos, abogados y asociaciones manipularon a pacientes para que alegaran algo que no era cierto: que su vida corría peligro si no recibían un medicamento en concreto de un único proveedor.

Tras el cambio de autoridades de 2021 y la llegada a la presidencia de José Adolfo Flamenco, el IGSS no ha vuelto a denunciar en público el fenómeno.

Pero a nivel interno, su departamento legal ha mostrado la persistencia del problema.

Un documento del IGSS elaborado en 2023, al que accedió Guatemala Leaks, evidencia la relación de ciertos abogados y médicos con cientos de procesos.


El análisis del IGSS se basa en un grupo de 1,149 amparos presentados entre 2020 y 2023.

La red detrás de la pirfenidona

No son todos los procesos registrados en esos años, pero sí una parte importante. El documento muestra cómo el 52 % de estos amparos, 597, fueron impulsados por tres abogados: Cristhian Eduardo Pérez González, Carmen Guadalupe Woc Samayoa y Sara Ivonne Diéguez Díaz.

Woc Samayoa falleció en 2022 y varios de sus casos los tomó Annelys Padilla Villatoro.

El análisis legal también expone cómo el nombre de tres médicos se repite en 349 expedientes: Julio Enrique Silva Muñoz, Óscar Alejandro Avendaño Flores y Marta Haydée Hurtarte Ruano. 

El informe, además, muestra la relación entre abogados, médicos y ciertas empresas.

Así ocurre, por ejemplo, con la pirfenidona. Entre 2021 y 2023, el 48 % de los amparos por este fármaco los presentó un solo abogado: Cristhian Eduardo Pérez González. Y en al menos la mitad de ellos, la médico que respaldó el proceso fue Marta Haydee Hurtarte Ruano.

Esta profesional no está especializada en enfermedades respiratorias. Es médico general y familiar y trabaja en una clínica llamada Medi Center. Sin embargo, recomienda un tratamiento de alto costo para un problema tan específico como la fibrosis pulmonar pos covid-19.

Para este reportaje se trató de localizar a la doctora Hurtarte Ruano. Sin embargo, en su clínica no respondieron las llamadas telefónicas y tampoco se la pudo ubicar en una visita realizada a su lugar de trabajo el 9 de octubre.

Los amparos por pirfenidona en los que coinciden el abogado Pérez González y la doctora Hurtarte Ruano son siempre de la misma marca: Misofagan. 

Este medicamento lo distribuye la empresa Plenitud 365.

Redes entre médicos, abogados y farmacéuticas

Guatemala Leaks, con ayuda del programa Guatemala Data y la consulta a archivos judiciales, revisó 100 expedientes en contra del IGSS de 2020 a 2024.

Lo que encontró es muy similar a lo evidenciado por el IGSS en su análisis.

Se repite, por ejemplo, el nombre del abogado Cristhian Eduardo Pérez González.

Este profesional, que no solo está implicado en cientos de amparos, también estuvo presente en varios procesos en los que el IGSS señaló irregularidades.

La institución lo ha acusado de representar a un paciente que ya había fallecido en el momento en que presentaron el amparo. También de patrocinar a personas que aseguraban no conocer al abogado ni ser conscientes de que eran parte de un proceso legal. E, incluso, de solicitar medicamentos para 12 pacientes con VIH que carecían de un diagnóstico de la enfermedad.

También se encontró la relación entre algunos médicos y las empresas que se benefician de los amparos.

Así sucedió con un medicamento que evita trastornos en la sangre llamado Elopag.

En 2024, el Seguro Social gastó Q8.5 millones en este fármaco. Todas las compras se realizaron mediante este recurso. Y en varios de estos procesos, el médico que respaldó la recomendación del fármaco fue Óscar Alejandro Avendaño Flores, uno de los que más participa en amparos. 

Elopag es distribuido por la empresa Plenitud 365. Y el médico Avendaño Flores tiene vínculos directos con una de las representantes legales y gerente general de este negocio: Sandra Campo Castro.

Ambos han sido representantes legales de una empresa llamada OGSO, Sociedad Anónima. Además, Avendaño Flores ha sido médico personal de Campo Castro y la apoyó en un amparo que la empresaria presentó para obtener un medicamento para sí misma.

Para este reportaje, se intentó contactar al médico Avendaño Flores por teléfono y en persona, pero no pudo ser localizado. 

En una entrevista, la empresaria de Plenitud 365, Campo Castro, reconoció que conoce al doctor ya que fueron compañeros de trabajo. Aceptó que esto puede generar suspicacia, pero aseguró que esta relación no influye en los medicamentos que receta Avendaño Flores.

“El grupo de personas que trabajamos en la industria farmacéutica es reducido. Solo porque nos conozcamos, seamos amigos o hayamos compartido alguna relación de trabajo, (el médico) no tendría que dejar de recetar un medicamento que necesite el paciente”, dijo la empresaria.  

Cuando se le explicó que Avendaño Flores receta medicamentos como Elopag, que vende Plenitud 365, Campo expresó sorpresa y manifestó: “Ay, bueno, qué bueno para nosotros”.

El abogado que se repite en los expedientes

En estos amparos para obtener Elopag, el abogado también fue Cristhian Eduardo Pérez González.

En una entrevista, Pérez González aseguró no conocer a los médicos cuyas recetas justifican los amparos. Es el paciente quien aporta estos documentos, explicó. Además, negó tener relación alguna con empresas. 

“No tengo ningún tipo de acuerdo con ninguna farmacéutica, mi relación es estrictamente con el cliente”, dijo. 

El abogado reconoció que los amparos para medicamentos son un campo con mucha demanda, aunque él describió su trabajo como un servicio social.

Aunque algunos pacientes contaron que el amparo puede llegar a costar entre Q35,000 y Q40,000, Pérez González aseguró que no cobra cantidades tan elevadas. Sin embargo, eludió precisar el monto de sus honorarios.

La inacción del IGSS ante los amparos

Los documentos del IGSS a los que accedió Guatemala Leaks muestran no solo que la institución conoce el problema, sino también que tiene algunas ideas de cómo frenarlo.

Los abogados que elaboraron el análisis realizaron algunas recomendaciones para que el Seguro Social pueda defenderse mejor en los tribunales y tratar de reducir la avalancha de procesos legales que enfrenta.

Las estrategias van en dos sentidos principales.

Por una parte, el departamento legal recomienda que el IGSS utilice mejor su listado básico de medicamentos; es decir, los de fármacos que cubre para los afiliados.

Los abogados aconsejan que la institución evalúe bien aquellos que ahora compra por amparo y decida cuáles sí incluir en su cobertura y cuáles no, según criterios técnicos.

Si un fármaco se añade al listado, esto permitiría evitar los amparos y comprarlo mediante procesos más competitivos.

Y, si el medicamento no se incluye, el hecho de haberlo evaluado ya facilitaría al IGSS defenderse mejor en los tribunales cuando se presenten recursos legales para pedirlo.

Las otras estrategias propuestas por el departamento legal van encaminadas a que el IGSS dé seguimiento a los amparos una vez se han concedido.

Por ejemplo, que se evalúe a los pacientes para ver si es cierto que han mejorado tras el cambio de medicación. Y si esto no se puede probar, que se acuda a los tribunales de nuevo para revertir el amparo.

Así, el IGSS no tendría que seguir gastando en fármacos que no demuestren ser más eficaces que los que ya proporciona la institución.

Además, los abogados proponen algunas medidas adicionales. Por ejemplo, impedir que médicos privados no especialistas recomienden fármacos especializados, como ha sucedido con la pirfenidona.

Botes de fármacos mostrados por personal del IGSS. Simone Dalmasso
Botes de fármacos mostrados por personal del IGSS. Simone Dalmasso

O que se compruebe que, efectivamente, los pacientes que presentan amparos son reales, actúan por su propia voluntad y no son manipulados por la industria.

Todas estas estrategias, como prueban los documentos, están sobre la mesa del IGSS desde hace dos años.

Sin embargo, en el análisis de los expedientes efectuado para este reportaje, no se encontró evidencia de que alguna de ellas haya sido implementada por el momento.

Y como muestra la historia de la paciente con la que comienza este reportaje, el papel del IGSS en la proliferación de amparos podría, en realidad, no ser tan pasivo.

Varias fuentes consultadas coincidieron en que, en realidad, el IGSS no tiene tantos incentivos para frenar las compras por orden judicial.

El actual status quo, en el que la institución se presenta como víctima de redes de abogados, médicos y empresas, tiene también sus ventajas.

El exfuncionario del IGSS, que pidió no ser identificado, dijo que el actual sistema permite a la institución desvincularse del problema y, al mismo tiempo, no hacer nada por solucionarlo. Así, algunos funcionarios pueden seguir lucrándose con él.

“El problema de fondo es que la institucionalidad no funciona, está cooptada (por los grupos que se benefician económicamente de los amparos)”, aseguró esta fuente.

La doctora Valvert, la hematóloga, comentó que el IGSS se ha acomodado en una posición en la que le resulta más sencillo criminalizar los amparos que abordar el problema de fondo que revelan.

“El IGSS acusa a los médicos de corrupción sin pruebas, pero luego no hace nada para ver cómo consigue los medicamentos”, criticó la doctora.

En esta línea, Jaime Espín, un economista de la salud español, experto en política farmacéutica, aseguró que es común que se trate de buscar un único culpable al problema de la judicialización. Y que, muchas veces, los ojos se dirigen a la industria y a sus estrategias.

Pero, en su opinión, esto es una simplificación que desvía la responsabilidad de quien realmente la tiene: las instituciones públicas.

“La industria farmacéutica es comercial y tiene que vender. Y si tiene que usar los amparos, lo hará. De hecho, no es ilegal, están usando una oportunidad”, comentó Espín. 

“¿Éticamente es reprochable? Depende. Si es para un señor que se está muriendo de cáncer de colon, posiblemente no. En ese caso, la industria ayuda a una persona a la que el sistema público no le quiere financiar un medicamento que le debería dar si tuviera un sistema más ágil”, expuso el experto.

Para el constitucionalista Edgar Ortiz, los amparos se convirtieron en una solución conveniente para el IGSS dado que le permite abastecerse de medicamentos sin cumplir con la Ley de Contrataciones y evitar la fiscalización de la Contraloría General de Cuentas.

“El IGSS se acomoda, espera a que demanden, que la Corte ordene y está cubierto. El tema desnuda el desastre que es el sistema de contrataciones y la Contraloría”, señaló Ortiz.

El recorrido de un amparo en los tribunales

El proceso que comenzó en la consulta de un médico termina siempre en el mismo lugar: ante un juez.

Los amparos al IGSS suelen conocerse, primero, en las salas de apelaciones de trabajo y previsión social de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

En esta instancia, lo más común es que se concedan rápidamente y que el paciente obtenga una orden para que el IGSS compre el fármaco en 72 horas.

Después, muchas veces, los procesos llegan a la Corte de Constitucionalidad (CC) cuando el IGSS apela los amparos otorgados en primera instancia.

Los casos ante la CC demoran más, pero normalmente terminan igual. El amparo se confirma y el paciente conserva su medicamento hasta curarse o durante el resto de su vida, según el tratamiento.

Así, en los últimos años, miles de expedientes para exigirle al IGSS que compre medicamentos han ocupado el tiempo tanto de magistrados de apelaciones, como de la CC.

Y en estos procesos, una rutina se repite, según revelan los casos analizados para este reportaje.

Los mismos argumentos, una y otra vez

El IGSS siempre se opone.

No importa si el caso está más o menos justificado, si se trata de un paciente con cáncer que pide un fármaco que no está en el listado básico, o si es alguien que quiere que sus aspirinas sean las originales de Bayer en vez de unas genéricas.

A los abogados del IGSS, estas diferencias no parecen importarles. Su actitud siempre es la misma: rechazar el amparo.

La institución suele alegar que el paciente ya recibe un tratamiento eficaz y, por tanto, nadie ha vulnerado su derecho.

O que el objetivo del amparo es “únicamente favorecer marcas y casas farmacéuticas” y promover “el monopolio por medio de un favor comercial, como sucedió en este caso.

O que no le corresponde a un juez “prescribir medicamentos y seleccionar marcas”, sino al propio IGSS “a través de sus médicos especialistas”, como expusieron en este proceso.

Los abogados del amparista, por su parte, también suelen repetir los mismos argumentos.

La persona necesita este fármaco para que su salud no peligre. El tratamiento que está recibiendo ahora el paciente le ha producido efectos adversos. La progresión de la enfermedad avanza y es necesario un fármaco más eficaz.

El IGSS tiene que solucionar estos problemas, pero se niega a hacerlo y está vulnerando el derecho de los pacientes.

El daño debe repararse otorgándole a la persona el fármaco que solicita y que un médico privado le ha recomendado.

Al final, la decisión recae en los jueces, quienes, asimismo, repiten idénticos razonamientos, una y otra vez.

La justicia casi siempre considera que los abogados del amparista tienen razón.

Los magistrados suelen argumentar así:

La Constitución protege el derecho a la vida, y la salud es una expresión fundamental del mismo derecho.

El precio de un medicamento, o el hecho de que el IGSS tenga un listado básico con ciertos fármacos y no otros, no puede servir de excusa para negarle a alguien el derecho a la salud.

El medicamento que solicita el paciente, y que tiene respaldo científico, y la recomendación de un médico privado, no pueden ser ignorados: el IGSS no puede negarse a comprarlo.

Y es así, a través de esta rutina, como todos los días, los jueces del país obligan al IGSS a gastar cientos de millones de quetzales de su presupuesto.

En 2024, esta cifra ascendió a al menos Q1,700 millones, según concluyó esta investigación.

“El juez se está convirtiendo en un prescriptor. Está decidiendo qué se financia con fondos públicos y qué medicamento se da para cada patología, solo basándose en que un paciente lo pide y que el medicamento tiene la indicación. Esto, definitivamente, es un problema”, resumió el economista Espín.

La salida: una sentencia estructural

Algunos jueces sí se han salido de este patrón y se han mostrado más críticos.

Leyla Lemus, actual magistrada de la CC, en al menos una ocasión, ha razonado su voto para oponerse a un amparo.

En este expediente de 2022, la magistrada consideró que los tribunales no deberían inclinarse por una marca u otra de un fármaco. En los procesos, según argumentó, solo deberían mencionarse principios activos, y así permitir que el IGSS seleccione el proveedor que considere mejor. 

Lemus también se opuso a que se concedan amparos utilizando como base la recomendación de un médico privado.

“Deviene desacertado conminar al IGSS a adquirir fármacos de marca, casa farmacéutica o distribuidores determinados, basados únicamente en la prescripción de un médico privado. Altera los procedimientos de adquisiciones públicas”, razonó Lemus.

Sin embargo, estas opiniones no parecen ser compartidas por la mayoría de magistrados. 

De hecho, hasta el momento, estos tampoco han mostrado voluntad de querer, al menos, establecer algún criterio que permita diferenciar cuándo el amparo es legítimo y cuándo es un abuso. Los magistrados los tratan uno a uno y todos por igual. Y casi siempre los conceden.

El constitucionalista Edgar Ortiz señaló que esta es precisamente una de las grandes omisiones del sistema de justicia.

Según explicó, no se está diferenciando los casos en que sí hay una vulneración del derecho a la salud y, por tanto, la petición es genuina; de las situaciones en que son las farmacéuticas las que están incentivando, e incluso financiando, los amparos.  

La solución que encuentra el constitucionalista es que la CC intervenga. 

“Hay un tipo de sentencias que se llaman estructurales, donde las cortes no resuelven solo un caso en particular, sino que, ante una situación que se repite muchas veces, las cortes dan parámetros a las autoridades de cómo comportarse para evitar que un daño siga ocurriendo. Para mí, la Corte ha fallado en no ofrecer un remedio estructural”, dijo Ortiz.

Por qué Guatemala necesita reglas claras para los amparos

Varios expertos internacionales consultados se mostraron de acuerdo en que este tipo de “sentencia estructural”, que ponga orden, es una necesidad urgente para el país.

Belén Mena es una doctora e investigadora que presidió la Comisión Nacional de Medicamentos e Insumos de Ecuador.

Ella ha participado en decenas de procesos judiciales como perito en defensa de los intereses públicos y, según explicó, la situación en Ecuador y en Guatemala era similar hace unos años.

Sin embargo, un juez intervino en 2019 y estableció una serie de criterios para evaluar cuándo un medicamento debía otorgarse por orden judicial y cuándo no. 

“Este juez se reunió con 150 personas, escuchó a la academia, a la industria y leyó libros. Y sacó en una resolución un baremo de ocho criterios de calidad y eficacia que un juez tendría que tener en cuenta a la hora de litigar en el caso de un medicamento”, relató la experta.

Desde entonces, según expuso, los amparos no han desaparecido, pero sí se han moderado.

Ya no se conceden medicamentos de una marca en particular ni hay pacientes que, por ejemplo, acuden a los tribunales sólo para evitar que les receten un genérico. 

Juanita Vahos, una farmacóloga e investigadora de la Universidad Nacional de Colombia, relató cómo la proliferación de lo que, en su país, llaman tutelas, se ha convertido en un problema de una magnitud similar a lo que ocurre en Guatemala con los amparos.

Esto ha motivado a algunos jueces a intervenir, explicó, convocando a grupos de expertos, cada vez que enfrentan un proceso por un medicamento.

Esta solución no es estructural, depende de cada tribunal, según dijo la experta, pero sí ha contribuido a que algunos jueces estén más formados y se tomen mejores decisiones.

“Ahora se le puede explicar a un juez que el hecho de que un medicamento con una marca no esté cubierto, no significa que se está vulnerando el derecho a la salud de la persona, porque esa persona ya está cubierta con otro fármaco… O se le puede explicar qué es realmente un genérico y cómo es igual al original. Todo ese ejercicio es esencial para que el juez pueda decidir”, relató Vahos.

El derecho a la salud: ¿individual o colectivo?

En Guatemala, sin embargo, este tipo de soluciones apenas se han discutido en público, al igual que la pregunta que está en el fondo de la cuestión.

Los amparos se justifican por el derecho a la salud, pero ¿en qué consiste realmente este derecho?

Dos expertos consultados coincidieron en que el error principal que cometen los jueces en Guatemala es considerar que el derecho individual a la salud prevalece sobre el colectivo.

“Los jueces interpretan que la salud es un derecho absoluto, por encima de cualquier otro. Pero esto es una interpretación errónea y egoísta. ¿Por qué? porque si Guatemala tiene que gastar dos millones de dólares para curar un señor, esto va a significar que no habrá antidiarreicos para los niños. Eso no ocurre aquí (en Europa). Aquí el derecho colectivo es superior al individual. Por eso, cuando tú vas a urgencias, se atiende primero a quién tiene más necesidad”, comentó Jaime Espín, el experto español.

“Nadie es más importante que otro”, reflexionó Belén Mena, la doctora ecuatoriana.

“Esta hiperindividualización de derechos nos mata, nos hace comernos entre nosotros y desvirtúa los principios de la salud. Porque lo que sucede es que, en nombre del acceso a la salud, estamos trabajando a favor de intereses privados, de necesidades creadas”, concluyó.

*Este es el segundo de una serie de tres reportajes que abordan el uso de amparos para comprar medicamentos en el IGSS

Esta investigación fue realizada por el consorcio de medios Guatemala Leaks —integrado por Agencia Ocote, No Ficción, Ojoconmipisto, Plaza Pública y Quorum— en el marco de la beca del Centro Latinoamericano de Investigación Periodística, elClip, con el uso de la tecnología Nina.

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