El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) paga precios tan altos como en Estados Unidos por terapias contra el cáncer, se ve forzado a comprar decenas de medicamentos de una marca particular a precios desorbitados, e invierte sumas millonarias en fármacos de dudosa eficacia. En todo ello juega un papel esencial el uso de amparos judiciales, un fenómeno que acaparó el 46 % del presupuesto destinado a medicamentos en 2024.
*Este es el primero de una serie de tres reportajes que abordan el uso de amparos para comprar medicamentos en el IGSS.
Para cientos de miles de guatemaltecos, tener la presión arterial alta es un mal común y una preocupación. Para la farmacéutica Lanquetín, es un lucrativo negocio.
Esta empresa ha convertido la atención de esta enfermedad, una de las más comunes entre los afiliados al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), en prácticamente un monopolio. Y esto le genera cuantiosos beneficios.
Solo en 2024, ganó Q310 millones al vender medicamentos para la hipertensión al IGSS, es decir, el 8.5 % del presupuesto de medicamentos de la entidad se destinó a una sola enfermedad y un único proveedor.
Lanquetín ha conseguido esto gracias a un factor principal: se ha visto favorecida por el uso de amparos.
Este tipo de recurso judicial se utilizó inicialmente en casos puntuales. Su propósito era que pacientes demandaran al IGSS para exigirle financiar ciertos fármacos de alto costo o para enfermedades poco comunes.

Pero en la actualidad, los amparos se han vuelto un fenómeno generalizado que implica todo tipo de enfermedades, desde las más raras hasta las más comunes, y toda clase de medicamentos, tanto los que cuestan cientos de quetzales al año como aquellos que alcanzan millones.
Según esta investigación, en 2024 el IGSS se vio forzado a comprar, por medio de amparos, al menos 189 fármacos diferentes. En estos invirtió más de Q1,700 millones, el 46 % de su presupuesto de medicamentos de ese año.
Además, el propio IGSS recurrió a amparos para justificar la compra discrecional de otros 194 medicamentos, en los que gastó Q1,000 millones adicionales, es decir, un 28 % más de su presupuesto de 2024.
Esto significa que la llamada “judicialización de la salud” ya afecta la mayor parte del gasto en medicamentos del IGSS.
Esto tiene múltiples implicaciones.
Cómo los amparos judiciales alteran el presupuesto del IGSS
La judicialización de la salud afecta, en primer lugar, a las finanzas del IGSS. Solo entre 2021 y 2024 el gasto en medicamentos de la entidad creció un 111 %, impulsado, en parte, por la avalancha de amparos recibidos.
En segundo lugar, la situación también incide en la capacidad del IGSS para elegir qué fármacos cubre y cuáles no, siguiendo criterios técnicos y de salud pública.
Ahora, con frecuencia, son jueces quienes toman estas decisiones, y lo hacen con base en la información que les proporcionan pacientes y médicos privados, a veces, influenciados por las propias farmacéuticas.
Pero el fenómeno también afecta a los 3.6 millones de personas –el 20 % de la población– cuya atención sanitaria depende del IGSS.
Ahora, los afiliados ven cómo unos pocos fármacos “amparados” acaparan una parte creciente del presupuesto de la institución, mientras otras mejoras en la cobertura quedan relegadas.
En 2024, solo los diez medicamentos principales comprados por orden judicial representaron el pago de Q1,396 millones.
Este monto sería suficiente, por ejemplo, para costear el funcionamiento por un año del Hospital General de Enfermedades de la zona 9, el mayor que tiene el IGSS.
Y precisamente porque la entidad es el mayor comprador de medicamentos del país, los amparos también impactan en los precios que toda la población paga en las farmacias por ciertos productos.
Por qué los amparos favorecen a empresas, médicos y al propio IGSS
Durante los últimos cuatro meses, la alianza Guateleaks –integrada por los medios que publican este reportaje– investigó este fenómeno.
Analizó información pública sobre el gasto del IGSS en el Sistema de Contabilidad del Estado (Sicoin) y el portal de contrataciones Guatecompras (todos los datos citados proceden de estas fuentes); presentó solicitudes de información pública a la institución y al Organismo Judicial; consultó los expedientes de un centenar de amparos; y entrevistó a unas treinta personas, entre pacientes, médicos, abogados, expertos en fármacos y salud pública, exfuncionarios del IGSS, y empresarios que proveen medicamentos a la institución.
El panorama obtenido es el de una situación caótica y compleja.
Una entidad pública tan crucial para el país como el IGSS está perdiendo, o ha renunciado, a su capacidad de comprar los medicamentos que considera mejores para la población.
Mientras tanto, algunas empresas hacen grandes fortunas vendiendo a la institución lo que ellas prefieren y al precio que consideran, todo de manera legal.
Los amparos, en muchos casos, ya no tienen nada que ver con el derecho a la salud o con salvar la vida de pacientes a los que el IGSS niega un medicamento, según se encontró.
Estos casos siguen existiendo: el IGSS aún no incorpora entre los medicamentos que cubre fármacos esenciales para tratar el cáncer, por ejemplo. Esto obliga a cientos de pacientes a ampararse cada año.
Pero este tipo de casos solo explican una parte relativamente pequeña del fenómeno.
Muchos otros amparos son más cuestionables: parecen explicarse, más bien, por los intereses comerciales de algunas empresas.
En varios casos, los amparos buscan orientar las compras del IGSS hacia fármacos de cierta marca distribuidos por una empresa en particular, o pretenden que el IGSS opte por ciertos medicamentos más caros, pero no necesariamente más eficaces, que también tienen un único proveedor.
En muchos casos, los amparos se han convertido en una forma de repartirse el mercado y de mantener los precios altos.
Los amparos como estrategia de venta para farmacéuticas
Este sistema parece convenir a todas las partes.
Para las empresas más grandes, la judicialización es útil porque les permite aislarse de la competencia creciente de medicamentos más baratos de marcas procedentes de China o India.
Para las empresas emergentes, la misma estrategia también es funcional, pues les permite ingresar en un mercado que, por muchas décadas, han dominado las empresas tradicionales, sin necesidad de bajar los precios.
dijo un exfuncionario del IGSS que pidió no ser identificado por temor a represalias.
“Los vendedores de medicamentos tienen el objetivo de vender sus productos sin competencia, y están usando los amparos de manera absolutamente arbitraria”,
Y para el propio IGSS, usar algunos amparos para justificar sus compras, también resulta ventajoso.
Esto permite a cada hospital o centro de atención realizar compras repetidas a los proveedores que decida, sin mayor justificación y sin cumplir la Ley de Contrataciones, todo con el supuesto respaldo de una orden judicial.
Los amparos como estrategia de venta para farmacéuticas
Los amparos son ya tan cotidianos que quienes proveen al IGSS los consideran parte de su negocio.
“Este sistema nos va a llevar a todos a presentar amparos para vender. Las farmacéuticas me dicen: ‘tienes competidores que están vendiendo millones, ¿por qué tú no?’. Yo les digo: ‘lo que pasa es que están amparados’. ‘Entonces, empezá a amparar a pacientes’, me dicen. Aunque no esté de acuerdo, estoy llegando al punto de tener que hacerlo”, contó un proveedor mediano del IGSS que pidió no ser identificado por temor a represalias.
Muchos expertos consultados coinciden en que la responsabilidad principal del fenómeno recae en las empresas que se benefician de este recurso y en las prácticas a las que recurren: influir en los médicos, financiar asociaciones de pacientes o costear los amparos.
Gustavo Estrada, médico que trabajó en el IGSS y que ahora coordina el área de salud del Instituto de Investigación en Ciencias Naturales y Tecnología de la Universidad Rafael Landívar (URL).
“Esto es un negocio de las farmacéuticas, algunos grupos de abogados y algunos grupos de médicos… todos ganan
Pero otros expertos también señalan que las prácticas de las empresas son legales y que la proliferación de los amparos se alimenta de la debilidad institucional del IGSS, el Ministerio de Salud y el sistema de justicia.
“Estas brechas, la industria las explota. Se aprovecha de las debilidades institucionales que tiene el mercado guatemalteco”, dijo Luis Pablo Méndez Albúrez, un investigador en temas de salud de la URL y doctorando en la Universidad de Padua.
Empresas como Agencias J.I. Cohen y la Gremial de Distribuidores de Productos Farmacéuticos (Cogrefarma), en declaraciones para este reportaje, negaron tener relación alguna con los amparos.

En lo que los entrevistados sí coinciden es que la judicialización está teniendo un impacto económico claro. Los amparos, en su mayoría, fuerzan al IGSS a adquirir pequeñas cantidades de fármacos que solo tiene un proveedor. Y, con frecuencia, los medicamentos implicados son tipos de fármacos más costosos o de marcas más caras, o ambas cosas al mismo tiempo.
Además, en algunos casos, se obliga al IGSS a adquirir, a precios muy elevados, medicamentos de eficacia no probada.
Todo esto significa que el IGSS está gastando mucho y comprando caro.
Y, como la Ley de Contrataciones establece que el IGSS o el Ministerio de Salud no pueden comprar sus insumos a precios superiores a los que se pagan en el mercado privado, esto empuja hacia arriba los precios que paga toda la población.
“El IGSS es el actor más influyente del mercado, y si compra caro, los medicamentos van a estar caros en las farmacias. Si comprara más barato, en la calle bajarían los precios. No es una hipótesis, es un hecho. Si las empresas venden al IGSS a un precio, igual venden al Ministerio de Salud y a las farmacias”, dijo una analista del mercado de medicamentos que pidió no ser identificada para hablar con más libertad.
Para esta serie de reportajes, se trató de obtener una entrevista con las autoridades actuales del IGSS. Al cierre de esta edición, no se había logrado obtener respuesta del Seguro Social, pese a repetidas solicitudes.
El mercado de la hipertensión y el monopolio del irbesartán en el IGSS
No hay muchos motivos para que la presión arterial alta o la hipertensión sea un problema de salud caro de tratar. Sin embargo, el año pasado fue una de las enfermedades en las que el IGSS gastó más dinero.
En ello influyó el poder de una empresa: Lanquetín. Y los amparos.
La hipertensión fue, en 2023, la enfermedad más diagnosticada por el IGSS.
Y, como sucede con otros males similares, crónicos y masivos, para tratar la presión alta, existen muchos fármacos. La mayoría de ellos, además, hace tiempo que no están protegidos por patentes. Esto significa que tienen múltiples fabricantes y sus precios tienden a ser bajos.
En Estados Unidos, por ejemplo, los medicamentos para la hipertensión más comunes son fármacos como el lisinopril, la amlodipina o el losartan. Los tres se encuentran entre los medicamentos más recetados en el país, y cada uno de ellos tiene un costo de unos pocos céntimos de dólar por unidad.
Sin embargo, si se analiza cómo atiende el IGSS a sus pacientes hipertensos, hay algo llamativo. En 2024, no hizo compras significativas de losartán, amlodipina o lisinopril. Tampoco compró grandes cantidades de otros medicamentos similares, que el IGSS cubre, como el ramipril, la felodipina o la indapamida.
En total, la institución adquirió una veintena de fármacos para la hipertensión, pero concentró la mayoría del gasto en un único fármaco: el irbesartán.
El 41 % de las dosis de medicamentos para la presión alta que compró el IGSS en 2024 fueron de este fármaco, y el 86 % del gasto en esta enfermedad se concentró en este.
Es decir, el IGSS trató a más pacientes hipertensos con irbesartán que con cualquier otro fármaco.
Y no con cualquier irbesartán.
De este fármaco existen decenas de versiones disponibles en el país. Varias de ellas son medicamentos genéricos de calidad comprobada, que también están autorizados en Estados Unidos.
Sin embargo, el IGSS compró solo una marca de irbesartán: la original que desarrolló el medicamento, Aprovel, del laboratorio francés Sanofi; es decir, una de las más caras.
Aprovel solo tiene un distribuidor en Guatemala: Lanquetín.
En total, el IGSS adquirió el año pasado 40.5 millones de dosis de Aprovel y pagó por cada una de ellas a Lanquetín Q7.65.
Una enfermedad común, cuyo costo podría ser de menos de Q500 al año por paciente, le costó al IGSS alrededor de Q4,200 por paciente al año, ocho veces más, según un cálculo propio basado en los precios que paga la institución.
Esto se tradujo en ventas para Lanquetín de Q310 millones en un año, solo en Aprovel.
Ningún fármaco vendido al IGSS en 2024 generó más ingresos que este.
El costo del irbesartán y el despilfarro en compras del IGSS
El problema no es que el irbesartán sea un medicamento que no cure a los pacientes.
El problema es el despilfarro de fondos públicos que supone, según coincidieron fuentes expertas consultadas para este reportaje.
El IGSS tenía muchas opciones para tratar la hipertensión. Podía elegir entre múltiples tipos de medicamentos y una variedad de marcas. Sin embargo, eligió uno de los más caros y, de entre ellos, una de las marcas más costosas.
“Una persona perfectamente puede tomar losartán y, si está controlada, no tiene por qué entrar directamente a irbesartán, expuso Juanita Vahos, una farmacóloga e investigadora de la Universidad Nacional de Colombia.
“El irbesartán solamente es más caro, pero no mejora la calidad de vida de los pacientes. Es como tomar un avión para ir a un lugar que está a 15 minutos caminando. Poder se puede, pero no se debe, porque no es el fármaco con mejor relación entre costo y efectividad”, explicó Belén Mena, una doctora, investigadora y activista que presidió la Comisión Nacional de Medicamentos e Insumos de Ecuador.
Cómo los tribunales definen qué medicamentos compra el IGSS
El IGSS, de hecho, nunca decidió que sus pacientes hipertensos solo recibieran irbesartán de la marca Aprovel. Fue un tribunal de justicia quien le obligó a comprarlo.
La historia de cómo sucedió esto es complicada.
Comenzó en 2011 e implica a supuestas asociaciones de pacientes que afirmaban que cualquier otra marca de irbesartán produce efectos adversos; médicos privados que alegaban que si un paciente no recibe Aprovel puede morir; múltiples recursos legales presentados por Lanquetín y sus competidores; y una larga batalla judicial que se ha prolongado hasta el presente.
Pero, en esencia, lo que sucedió es que un grupo de pacientes hipertensos del IGSS decidió que sólo si tomaban Aprovel su vida no corría peligro. Si recibían otros fármacos u otras marcas de irbesartán, podían morir, según alegaron.
Esto los motivó a presentar un recurso de amparo ante un tribunal, alegando la violación de su derecho a la salud. Un juez les dio la razón y obligó al IGSS a proporcionarles Aprovel.
Como cada vez más pacientes tomaban este medicamento, otros afiliados decidieron que era un agravio para ellos no recibirlo. Ellos también querían el medicamento “bueno” y no un genérico o una marca desconocida.
Así que también se presentaron otros recursos de amparo para que el IGSS les proporcionara Aprovel. Los jueces también les dieron la razón.

En un momento, en 2017, el IGSS trató de comprar irbesartán a otro proveedor.
A través de un convenio con la Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), le adjudicó el suministro a la empresa Bodega Farmacéutica, que se comprometió a vender el fármaco a Q0.37 la unidad. En ese momento, el IGSS pagaba cada pastilla de Aprovel a Q8.48, un precio 22 veces superior.
Sin embargo, Lanquetín presentó un amparo contra esta decisión y logró frenar la compra. Al final, en los últimos años, un gran número de pacientes de la institución logró recibir Aprovel.
Es decir, si Lanquetín tiene hoy un cuasi monopolio sobre la hipertensión en el IGSS, no fue porque así lo hayan decidido expertos o porque su producto haya demostrado, con evidencia científica, ser el mejor. Es por la presión de los pacientes y de la industria, ejercida a través de los amparos.
Amparos que obligan al IGSS a comprar marcas específicas y más caras
Aprovel es solo un ejemplo de un fenómeno mucho mayor. Esta investigación encontró que solo el año pasado, se registraron al menos otros 40 casos idénticos.
Se trata de medicamentos que sí están en la lista de medicamentos que financia el IGSS, pero que se compraron de una marca en particular por orden judicial.
Unos pacientes presentaron amparos alegando que, si no recibían el producto de un fabricante en concreto, se violaba su derecho a la salud. En muchos casos, el único elemento de prueba aportado fue el certificado de un médico particular.
Pero eso fue suficiente para que un juzgado les diera la razón.
Sucedió con el irbesartán Aprovel, pero también con la insulina glargina Lantus o Semglee; el clopidogrel Plavix; la lenalidomina Ledane; o el micofenolato marca Cellcept, solo por nombrar los principales.
En total, en estos amparos de medicamentos que sí cubre el IGSS, pero que se orientaron a una marca, la entidad gastó Q921 millones en 2024.
Estos fueron, de hecho, el tipo de amparo que más presupuesto acaparó el año pasado.
Esto evidencia cómo el fenómeno ha mutado. En estos casos, los pacientes no pueden alegar que se les negara un fármaco. Lo que sucedió es que el IGSS no les entregó el que ellos preferían o el que un médico concreto les recomendó.
Casi todos estos casos son similares al de Aprovel.
Todos implican enfermedades con múltiples opciones de tratamientos, muchos fármacos no patentados –que tienden a ser más baratos– y variedad de fabricantes.
Sin embargo, el IGSS se vio forzado a comprar un medicamento en particular con un único proveedor, y esto provocó que la institución pagara precios elevados por medicamentos que pudieron haber costado mucho menos.
Esto sucedió por dos motivos principales.
Primero, porque muchos de estos amparos están orientados a tipos de fármacos más caros: irbesartán en vez de losartán, por ejemplo.
Y segundo, porque, además de lo anterior, estas órdenes judiciales también buscan que el IGSS no compre genéricos, sino marcas más caras, como Aprovel.
Con frecuencia, suceden ambas cosas al mismo tiempo.
Esto se traduce en que, muchas veces, el IGSS se ve obligado a adquirir tratamientos seis, siete u ocho veces más costosos que cualquiera de sus alternativas. Y quienes toman la decisión son jueces que no tienen en cuenta ninguna consideración sobre el impacto económico que esto tiene para la institución.
“Los jueces (…) aplican la normativa del derecho a la salud sin comprender temas de eficiencia terapéutica y financiera en los procesos que garantizan este derecho”, dijo Walter Flores, un especialista guatemalteco en análisis de sistemas de salud.
Micofenolato: el monopolio judicial que impide usar genéricos
Así ocurre, por ejemplo, con el micofenolato.
Este es un medicamento que regula el sistema inmunitario y que se suministra para evitar el rechazo de órganos trasplantados.
Es un fármaco común desde mediados de la década de 1990, y decenas de laboratorios lo fabrican a bajo costo.
En 2024, el IGSS, por ejemplo, compró micofenolato marca Mycort, del laboratorio indio Hetero. Este genérico está aprobado en Estados Unidos, y por el tratamiento de un año, el IGSS pagó alrededor de Q8,500 por paciente, según un cálculo propio basado en los precios que reporta la institución.
Sin embargo, el IGSS apenas tuvo oportunidad de adquirir este fármaco en concursos con libre competencia.
La mayoría de veces debió comprarlo por amparo, y la orden judicial estipulaba que solo podía suministrar a sus pacientes la marca Cellcept, de los laboratorios suizos Roche.
En Guatemala, esta presentación del micofenolato la distribuye la empresa J.I. Cohen, posiblemente la mayor vendedora de medicamentos del país.

El precio anual de Cellcept, por paciente, que pagó el IGSS fue de Q64,600, ocho veces más que el costo de Mycort. En total, en 2024, el IGSS pagó a esa empresa Q27.6 millones por 1.2 millones de dosis de Cellcept.
La batalla entre medicamentos originales y genéricos en el IGSS
En el origen de esta situación están los amparos presentados por un grupo de pacientes de trasplante renal.
Estas personas deben tomar micofenolato de por vida, y desde 2007 han presentado amparos para que el IGSS solo les suministre la marca Cellcept.
Según argumentaron, ellos comenzaron a recibir esta marca tras su trasplante. Esto es lógico porque, hace dos décadas, el micofenolato estaba protegido por patentes y Cellcept dominaba el mercado guatemalteco sin enfrentar apenas competencia.
Pero precisamente porque siempre tomaron esta marca, insistieron, cualquier cambio hacia otra opción podría producirles efectos adversos. Incluso rechazaron, de manera preventiva, marcas como Refrat, de los laboratorios indios Strides, también aprobada en Estados Unidos.
El IGSS ha repetido en los tribunales que los genéricos que quiere comprar son tan buenos como Cellcept. También ha argumentado que los pacientes carecen de pruebas científicas para evidenciar lo contrario. Sin embargo, los jueces siempre dan la razón a los pacientes y protegen el cuasimonopolio de J.I. Cohen sobre este fármaco.
En 2024, Cellcept acaparó el 98 % del gasto del IGSS en micofenolato y el 60 % de las unidades vendidas.
Situaciones muy similares se producen con la mayoría de los 40 fármacos comprados mediante este tipo de amparos orientados a una marca.
En su mayoría fueron promovidos por pacientes que al principio recibían un fármaco de un laboratorio conocido, normalmente, porque estaban patentados y enfrentaban poca competencia. Es decir, el IGSS no tenía más remedio que comprarlos.

Pero con el paso del tiempo venció la protección que ofrecen las patentes y el mercado se fue abriendo. Entraron medicamentos más baratos, que ahora sí el IGSS tenía opción de comprar. Fue entonces cuando empezaron los amparos, cuando comenzó la competencia. La guerra entre proveedores se trasladó a los pacientes y estos la llevaron a la justicia.
Unas personas querían el original y no el genérico. A otros no les importaba recibir el genérico, pero no querían el que el IGSS compraba, sino uno en particular.
Así proliferaron los amparos en los últimos años.
No aumentaron las violaciones al derecho a la salud. Lo que sucedió es que la batalla por proveer al IGSS se volvió más intensa.
“Es una estrategia deliberada para crear monopolios, obtener privilegios”, dijo Edgar Balsells, un economista y exministro de Finanzas, que también formó parte de la Junta Directiva del IGSS entre 2015 y 2021.
Cómo la debilidad regulatoria impulsa la judicialización de la salud
Pero nada de esto funcionaría, coincidieron las fuentes consultadas, sin la debilidad institucional que caracteriza al país.
Para Jaime Espín, un economista de la salud español, experto en política farmacéutica, el fenómeno de la judicialización de la salud tiene mucho que ver con cómo funciona la entidad que regula qué medicamentos se usan en cada país.
En el caso de Guatemala, estas funciones son responsabilidad del Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos, una dependencia del Ministerio de Salud.
“Si vienes a Europa, aquí hay dos tipos de medicamentos, el innovador y el genérico. No hay más. Y ambos han pasado por el proceso de la agencia reguladora, que garantiza que son de calidad”, expuso Espín.
“En América Latina, en entornos regulatorios débiles, se permite la venta de algunos fármacos que realmente no cumplen los estándares”, prosiguió.
El principal problema –explicó Espín– es que, en países como Guatemala, se han autorizado algunos medicamentos sin necesidad de que presenten estudios de bioequivalencia de calidad suficiente.
Es decir: se permite la venta de genéricos solo con mostrar que contienen el mismo principio activo que el original. Pero no siempre se les exige que evidencien que su efecto en el cuerpo humano también es idéntico al original.
Todo esto crea incertidumbre y un terreno fértil para la proliferación de amparos, una práctica que, según insistió el experto, es legal, si bien puede considerarse poco ética en ocasiones.
Hay desconfianza generalizada en el mercado y, por ello, algunos medicamentos se perciben como “buenos” y otros son considerados “malos”.
Casi nunca se presenta evidencia científica de que los supuestos “malos” en realidad lo son. Y cuando esto ocurre, muchas veces la información procede de quienes venden los supuestos “buenos”.
“Si alguien dice que un medicamento es peor que otro, que lo demuestre. El problema es que son las casas farmacéuticas las que lo dicen, pero no lo demuestran”, comentó Miguel Garcés, un veterano patólogo que ejerce en el sector privado.
Pero, se base en evidencia o no, la mayoría de personas percibe que hay medicamentos “buenos” y “malos”.
Muchos pacientes recurren a los amparos porque quieren el fármaco “bueno” y evitar que el IGSS les dé el “malo”.
Muchos médicos recetan marcas en concreto –algo que es poco común en otros países– porque les da seguridad. Quieren garantizar que sus pacientes reciban el medicamento “bueno” y, si no lo hacen, al menos, que sepan cuál reclamar al IGSS en un amparo.
“En Guatemala hay medicamentos que ni en India han sido probados en un paciente… Entonces, ¿cuál es la única manera que yo tengo para dar certeza al paciente que está confiando en mí? Pautar siempre con un nombre. Si no, el paciente queda vulnerable”, dijo Fabiola Valvert, una hematóloga que ejerce en una consulta privada.
Pero para las empresas, este panorama también es una oportunidad de negocio.
Si consiguen que su producto se considere el “bueno” y el de sus competidores el “malo”, pueden dominar el mercado. No necesitan competir en un mercado libre. Tampoco realizar estudios económicos o de efectividad para convencer al IGSS de que sus productos son los más convenientes.
A las empresas les basta con influir sobre médicos, pacientes individuales o asociaciones de ellos para que presenten un amparo. Al final, será un juez, sin formación sanitaria, quien decida.
“Lo que hemos visto en otros países, es que este es un fenómeno inducido por la industria farmacéutica, que te da el abogado, te paga por la demanda, te vende el medicamento y le cobra al Estado. Todo bajo el argumento que la salud es un derecho”, expuso Belén Mena, experta y exfuncionaria de Ecuador.
Por qué las marcas dominan las compras del IGSS pese al costo
Este mercado, donde reina la desconfianza, beneficia, en primer lugar, a quien controla las marcas de fármacos más conocidas.
Si la calidad de los genéricos está en duda, quien tiene ventaja es quien representa a los laboratorios más populares, los que más publicidad hacen y mejor difunden las cualidades de sus fármacos. Al llegar a los juzgados, estas empresas siempre tendrán más argumentos para alegar que su fármaco es el original, es “el bueno”.
Por eso, las distribuidoras tradicionales siguen dominando las ventas al IGSS.
En 2024, el top tres de proveedores fue: J.I. Cohen, Lanquetín y Agefinsa. Las tres representan en el país a grandes transnacionales farmacéuticas.
Y, por eso, también, el IGSS gasta grandes sumas en productos de marcas conocidas, comprados por orden judicial.
Jaime Espín, el economista de la salud, argumentó que el hecho de que en el mercado haya fármacos que no son de la mejor calidad, no puede usarse como justificación para que un sistema de salud público solo entregue el original o una marca en particular.
“Siempre hay varios genéricos que sí han pasado todos los controles… No puedes arruinar a un país porque consideras que a la población solo se le puede dar un único medicamento”, concluyó Espín.
Sin embargo, esto es lo que ocurre con frecuencia en el IGSS.
Insulina glargina: la opción más costosa impuesta por amparos
Todos los días, miles de afiliados del IGSS que padecen diabetes usan insulina glargina, de las marcas Lantus o Semglee.
Aunque quizá los pacientes no lo saben, este medicamento se compra por orden judicial y es, de hecho, uno de los amparos más onerosos para las finanzas del IGSS, solo superado por el irbesartán Aprovel.
En 2024, la institución gastó Q176 millones en Lantus o Semglee. En total, se compraron alrededor de 406 mil viales de estas insulinas, más del doble que de cualquier otra alternativa.
Este caso es similar al de Aprovel.
No solo se compran unas marcas en particular, que son más caras, se elige también un tipo de fármaco que es considerablemente más costoso.
Todo a través de los amparos.
La glargina es una insulina de acción lenta, cuya ventaja principal para los diabéticos es que solo tienen que aplicársela una vez al día, en vez de con cada comida o cada doce horas.
Esto les permite controlar mejor sus niveles de azúcar durante la noche y reducir los daños que la enfermedad poco a poco produce.
Pero la glargina tiene un inconveniente: es mucho más costosa que otras insulinas.
En Guatemala, por ejemplo, el precio anual de atender a un paciente con glargina en el IGSS, en la actualidad, puede ser de Q5,600, frente a los Q800 que cuesta el tratamiento con la llamada insulina NPH, que se aplica dos veces al día, según un cálculo propio basado en los precios que paga el IGSS.
Es decir, la glargina es alrededor de siete veces más cara que otras opciones.
Además, en Guatemala es particularmente cara. Cada vial costaba en 2024, alrededor de US$57, tanto como en Suiza, un país de ingresos altos.
Esta disparidad ha provocado la discusión entre expertos sobre si, para los sistemas de salud pública de países de renta media, como Guatemala, los beneficios que produce sobrepasan sus costos.
En Guatemala, sin embargo, este debate sobre el costo beneficio de la insulina glargina ha estado en gran parte ausente por un motivo principal: el tema se ha dirimido en tribunales, que no tienen en cuenta ninguna consideración económica o de salud pública.

El monopolio de Lantus y Semglee dentro del IGSS
Desde hace una década, múltiples amparos han presionado al IGSS para que la mayoría de los diabéticos que necesitan insulina reciban glargina.
Y no cualquier marca.
Este es un fármaco que cuenta con varias opciones genéricas. Sin embargo, las órdenes judiciales han ido orientadas a dos marcas en particular: la original que creó el fármaco, Lantus, del laboratorio francés Sanofi, y una bioequivalente –autorizada por el fabricante de la original y en teoría idéntica– llamada Semglee.
Lantus y Semglee han tenido varios distribuidores en el país. Pero, en la actualidad, Lantus la vende Lanquetín y Semglee, Aria Pharmaceutical Group. Y ambas se han visto favorecidas por amparos que les han permitido apoderarse del millonario mercado de la insulina glargina en el IGSS y lograrlo sin competir entre sí.
La clave residió en un amparo presentado en 2023 por la oficina del Procurador de los Derechos Humanos (PDH), dirigida por el exmagistrado de apelaciones Alejandro Córdova.
En el procedimiento, el PDH alegó ante un tribunal que el IGSS corría el riesgo de quedarse sin suficiente insulina para los meses siguientes. Y sin mayor justificación, pidió al IGSS abastecerse con las marcas de Lantus o Semglee o cualquiera que fuera totalmente intercambiable con las mencionadas, lo que excluía a la mayoría de insulinas rivales.

En su defensa, el IGSS aseguró que ni existía desabastecimiento, ni había motivo alguno para obligarle a comprar esas marcas en particular. Pero un juez dio la razón al PDH.
Desde entonces, este amparo se ha citado como justificación para organizar concursos orientados a estas dos marcas. Y ambas parecen haber llegado a algún acuerdo en el que venden cantidades similares a un precio casi idéntico.
En 2024, Lanquetín ingresó Q79 millones por ventas de Lantus al IGSS. Mientras que Aria Pharmaceutical Group vendió algo más e ingresó casi Q99 millones.
La diferencia de precios entre ambos productos fue mínima. Lantus se ofertó a Q441 la unidad y Semglee a Q436.
El empresario mediano que pidió no ser identificado dijo que lo lógico es que la entrada en el mercado de un producto como Semglee suponga una reducción de precios de un 30 % o un 40 % con respecto al original, Lantus. En este caso, la diferencia entre ambos es de poco más del 1 %.
Además, el amparo ha permitido a ambas empresas, y en especial a Lanquetín, que distribuye en la actualidad Lantus, aumentar considerablemente los precios del producto.
En 2020, Lantus se vendía al IGSS a Q238 el vial –entonces era de Agefinsa–. Para 2024, cuando Lanquetín comenzó a vender esta insulina, el precio alcanzó los Q441. Un aumento del 84 % en cuatro años.
Cómo los amparos mantienen altos los precios y reparten el mercado
Este caso pone en evidencia cómo los amparos están contribuyendo a mantener precios altos y a enducir repartos del mercado entre los proveedores.
Pero el fenómeno va más allá.
También sucede que se judicializa la compra de genéricos.
Al verse desplazados del mercado por los amparos favorables a las marcas más conocidas, los fabricantes menos reputados se están beneficiando de la misma estrategia.
Así ha sucedido, por ejemplo, con la lenalidomida.
Este es un medicamento que se utiliza para algunos tipos de cáncer de la sangre, como el mieloma múltiple. El IGSS lo cubre desde hace años y es uno de los fármacos en los que más dinero gasta la institución: Q78.7 millones en 2024.
Inicialmente, en 2010, una marca dominaba este medicamento: Revlimid, de la farmacéutica estadounidense Bristol Myers Squibb, que fue quien lo desarrolló.
J.I. Cohen controlaba la venta de Revlimid en el país y por eso, durante años, fue el amo del mercado.
No eran necesarios los amparos, porque simplemente no había competencia de otras lenalidomidas. Pero esto cambió a partir de 2018. Pacientes empezaron a presentar amparos exigiendo la marca Revlimid.
No está muy claro por qué ocurrió esto, dado que, hasta ese momento, el IGSS nunca había comprado otra marca.
Pero estos amparos fueron cada vez más numerosos y cimentaron el monopolio de J.I. Cohen y lo protegieron ante lo que sucedió a continuación.
Las lenalidomidas genéricas llegaron al mercado. Pero estas se encontraron con que Revlimid tenía controlado el mercado por orden judicial. Así que, ¿qué sucedió? Que las genéricas también se ampararon.
En 2021, comenzaron a aparecer pacientes exigiendo la marca Ledane, un fármaco argentino distribuido en Guatemala por una empresa emergente llamada Rentas y Servicios Empresariales Las Verapaces.
Después llegaron los amparos a favor de Relidomide, un fármaco indio, vendido por La Botica.
Y finalmente, aparecieron las órdenes judiciales a favor de la lenalidomida Dr Reddys, también india, y distribuida por Grupo RFI.
El resultado de esta cadena de amparos es que, en 2024, el IGSS compró cuatro marcas diferentes de lenalidomidas, todas por orden judicial.
Unos pacientes fueron a los tribunales alegando que si no recibían Revlimid morirían. Otros aseguraban que solo con Ledane se podía curar. Un grupo menos numeroso quería Relidomide, cualquier otro fármaco les causaría la muerte. Y unos pocos reclamaron Dr Reddys como su única salvación.
A todos, la justicia les dio la razón.
“Si ya es surrealista que un órgano judicial decida qué medicamento tiene que recibir un paciente, mucho más surrealista es aún que ese órgano judicial, además, decida cuál es el fabricante del medicamento que se va a comprar”, dijo Albert Fresquet, un farmacéutico experto en salud global y acceso a medicamentos, que trabaja en la ONG española Médicos del Mundo.
Finalmente, Ledane, el medicamento argentino, fue el dominador del mercado, con ventas de Q46 millones. Sin embargo, Revlimid, el original –que pasó de J.I. Cohen a Centro Distribuidor en 2024– aún pudo generar Q27 millones.
Y lo que es más importante, los amparos evitaron que estas farmacéuticas compitieran entre sí en concursos públicos. Todas vendieron al IGSS al precio que quisieron.
Esto favoreció a la lenalidomida original, que pudo mantener su precio, a pesar de la competencia. El Revlimid de cinco miligramos siguió a Q3,900 la unidad, como en años anteriores.
Pero también favoreció a los genéricos, que no entraron en una guerra de precios y mantuvieron el costo del fármaco muy similar entre sí y solo un poco más barato que el original.
El Ledane de 5 miligramos, por ejemplo, se vendió a Q3,120 la unidad, un 20 % menos que Revlimid. Y el resto mantuvo un precio muy similar a Ledane.
Mientras, varias empresas que venden lenalidomidas de la India a precios que van desde Q990 a Q1,700 la unidad, menos de la mitad que las “amparadas”, quedaron excluidas de la mayoría de concursos.
comentó el empresario mediano que pidió no ser identificado.
“Ya no hay manera de argumentar que los amparos se usan para comprar el mejor producto disponible”
“Ahora ya hay un abuso total, en el que empresarios van a la India, compran cualquier producto genérico y logran que el IGSS lo compre por amparo a un precio casi igual de caro que el producto original. Ya es demasiado”, comentó este proveedor.
Medicamentos que el IGSS no cubre y que solo se obtienen por amparo
Hasta aquí se han mencionado algunos ejemplos de un tipo concreto de amparo: productos que el IGSS sí cubre normalmente, pero que se deben comprar de una marca determinada por orden judicial.
Sin embargo, junto a este fenómeno se produce al mismo tiempo otro similar, pero algo diferente: los amparos que fuerzan al IGSS a proveer a sus afiliados fármacos que, en principio, no puede comprar porque no están en su listado básico de medicamentos.
Estos amparos también suelen incluir una marca concreta; es decir, igualmente están orientados a un proveedor en particular, como en los casos anteriores.
Pero a esta discrecionalidad suman otra: implican fármacos que, por algún motivo, el IGSS no quiere o no puede comprar. Sin embargo, se ve obligado a hacerlo por orden judicial.
Esta investigación encontró al menos 60 fármacos diferentes comprados mediante este tipo de amparos en 2024. En ellos, el IGSS gastó como mínimo Q747 millones.
En su mayoría, se trata de medicamentos de alto costo para cáncer, problemas de salud poco comunes, como la hemofilia o la esclerosis múltiple, o lo que suelen llamarse enfermedades raras.
Estos casos fueron originados por pacientes que decidieron que el tratamiento que les ofrecía el IGSS no les iba a salvar la vida o ni les mejoraba la calidad de vida.
Un médico –normalmente privado– les recomendó un fármaco de otro tipo, más novedoso y por lo general mucho más caro, que el IGSS no cubría. Presentaron un amparo alegando que se violaba su derecho si no lo recibían y ganaron.
Pacientes que deben judicializar su tratamiento para sobrevivir
Entre estos casos, se encuentran muchos en los que el uso de los tribunales para acceder a un medicamento parece justificado.
Aquí se evidencia una de las paradojas a las que ha conducido la proliferación de amparos en el IGSS.
La institución gasta cientos de millones en medicamentos “amparados” para enfermedades crónicas que podrían comprarse más baratos con facilidad.
Al mismo tiempo, el IGSS se niega a financiar fármacos innovadores en los que hay menos competencia y alternativas, y que, además, son tan caros, que prácticamente ningún paciente podría costearse por sí mismo.
La doctora Valvert, hematóloga especializada en cánceres de la sangre, expuso cómo enfermedades mortales que ella atiende, como varios tipos de leucemia, tienen tratamientos muy eficaces.
Sin embargo, el IGSS no los cubre, básicamente porque son caros, según explicó. Esto fuerza a los afiliados a ampararse.
“El IGSS no compra en muchos casos tratamiento curativo, solo paliativo, aunque exista. Están con esquemas de quimioterapia de hace veinte años, cuando ahora tenemos inmunoterapias que mejoran mucho la supervivencia. Pero la mayoría de estas no las cubre el IGSS”, comentó.
Doctora Valvert
Doctora especializada en cánceres de sangre
“Lo que no puede ser es que el IGSS te diga, ‘¿tenés hipertensión? qué bueno, para eso sí tengo porque la medicina es barata, ¿tenés cáncer? lo siento, para eso sí no tengo porque la medicina es cara’. Para eso no existe un seguro social”,
Sin embargo, esto es precisamente lo que sucede con muchos de los principales fármacos novedosos contra el cáncer.
Keytruda: el medicamento esencial que el IGSS solo da por amparo
Entre los casos de este tipo destaca el del pembrolizumab, un fármaco también conocido por su nombre comercial Keytruda.
Este es uno de los medicamentos oncológicos más vendidos en el mundo. En Estados Unidos y la Unión Europea está indicado para unos 18 tipos de tumores diferentes. El Seguro Social mexicano lo tiene en el llamado “cuadro básico” desde hace años.
Recientemente, fue incluido en la lista de medicamentos esenciales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) como tratamiento de primera línea para varios tipos de cáncer, si bien ya figuraba en este listado como alternativa al nivolumab (Opdivo) para algunos tumores desde hacía años.
No es un fármaco recién salido al mercado. Su fabricante, Merck, lo comercializa desde hace una década. Y, de hecho, en 2028 ya se espera que haya genéricos en Estados Unidos.
Sin embargo, el IGSS nunca ha incluido a Keytruda entre los medicamentos que cubre ni la alternativa que proponía la OMS (Opdivo), que es un fármaco algo más barato.
Pero esto no significa que el IGSS no proporcione Keytruda a sus afiliados. Sí lo hace, al menos desde 2018. Solo que siempre a través de amparos.
En 2024, el IGSS gastó en este fármaco, que distribuye J.I. Cohen, algo más de Q72 millones.
Keytruda fue, de hecho, el segundo medicamento oncológico en el que más gastó el IGSS el año pasado, solo por detrás de la lenalidomida. Y fue uno de los ‘best sellers’ para J.I. Cohen.
En total, el año pasado, en este tipo de fármacos para el cáncer que son comunes en otros países pero que el IGSS no financia, la institución gastó unos Q327 millones.
A estos hay que sumar otros casos similares para enfermedades poco comunes como la hemofilia o la esclerosis múltiple, o aún menos frecuentes, como el síndrome de Gaucher o de Hunter.
En estos pacientes, el IGSS, invirtió unos Q210 millones en medicamentos “amparados” que el IGSS se negaba a proporcionar.
El costo de comprar medicamentos sin negociación de precios
Para muchos de estos pacientes con cáncer, hemofilia o enfermedades raras, recurrir a la judicialización fue la única solución que encontraron para obtener el fármaco que necesitaban.
Pero el hecho de que el IGSS comprara estos medicamentos por amparo repercutió en el precio que se pagó por ellos.
En otros países, cuando las autoridades sanitarias incluyen en su cobertura este tipo de fármacos novedosos y caros, se produce una intensa negociación.
Los gobiernos suelen calcular cuántos pacientes tienen previsto tratar al año, cuánto se están gastando ya en ellos, qué beneficios adicionales obtendrían para su salud y, con todos estos argumentos sobre la mesa, negocian con los laboratorios los precios que están dispuestos a pagar.
El objetivo es lograr el mejor precio posible, garantizando un volumen de ventas a la farmacéutica.
Espín, el economista de la salud, expuso un caso reciente en España.
“Acá tenemos tucatinib, un medicamento para cáncer de mama. En 2020, (las autoridades) hicieron un informe diciendo que la relación entre el coste y el beneficio terapéutico no era adecuada, y se rechazó financiarlo en la sanidad pública. En 2021, 2022, 2023 y 2024, la farmacéutica bajó el precio cada año y siempre se rechazó. En 2025 lo estamos financiando. El laboratorio tuvo que bajar cinco veces el precio. Entre medias, a ninguna mujer se le ocurrió ir a un juez a pedirlo”, relató Espín.
En Guatemala, sin embargo, este tipo de negociaciones no se producen. El IGSS no realiza regularmente este tipo de cálculos. Y, mientras, los pacientes acuden a los tribunales.
Pero, precisamente porque no se negocian grandes cantidades de producto, sino pequeñas compras repetitivas, amparo a amparo, el IGSS paga precios elevados por medicamentos ya de por sí caros.
Es común que la institución no compre siquiera el tratamiento completo de una persona, sino que las adquisiciones sean solo de unas pocas dosis.
En el caso de Keytruda, J.I. Cohen mantuvo el precio por vial congelado en Q43,500, entre 2020 y 2024. Esto elevó el costo anual por cada tratamiento a algo menos de Q1.5 millones, según un cálculo propio basado en los precios que paga el IGSS.
Es decir, los Q72 millones gastados el año pasado alcanzaron para cubrir la atención de no más de 50 personas.
Estos precios son, básicamente, los mismos que se pagan por Keytruda en Estados Unidos, un país conocido por los precios desorbitados que alcanza la atención sanitaria.
Según un informe presentado al Senado de Estados Unidos en 2024, ese año Keytruda se vendía en el país a un costo anual de US$191 mil. En Canadá costaba US$112 mil y en Francia, US$91 mil. En Guatemala, al cambio actual (de Q7.65 por US$1), el precio pagado en 2024, fue de US$193 mil.
Con otros fármacos contra el cáncer comprados con frecuencia por amparo, como Darzalex, Lynparza o Tagrisso, sucede algo similar. Su costo anual rondó Q1.2 millones, un precio similar o superior, al que alcanzan en Estados Unidos.

Y estos casos ni siquiera son de fármacos particularmente caros.
Los medicamentos para enfermedades menos comunes pueden costar el doble o más.
Por ejemplo, cada inyección de Hemlibra, un tratamiento para hemofílicos que han desarrollado resistencia a otros fármacos, le costó al IGSS casi Q90 mil el año pasado.
Esto eleva el costo anual del tratamiento por paciente a unos Q4.3 millones en promedio –si bien la dosis depende del peso de la persona, por lo que este cálculo puede variar–.
Más de US$500 mil dólares por persona al año (al tipo de cambio de Q7.65).
Solo en 2024, el IGSS gastó Q47 millones en Hemlibra. Con esto alcanzó para atender a unos once pacientes.
Estos ingresos, al igual que la mayoría de los que produjeron los medicamentos mencionados en los párrafos, beneficiaron a J.I. Cohen.
Esta distribuidora controla muchos de los medicamentos más caros y avanzados que adquiere el IGSS y, gracias a los amparos, impone el precio que considera para estos fármacos, sin necesidad de negociar con nadie.
El rezago del listado básico del IGSS y su impacto en la salud
La causa que subyace a este tipo de casos, según coincidieron las fuentes consultadas, es otra debilidad institucional. En este caso, la dificultad del IGSS para actualizar su listado básico de medicamentos.
En teoría, la institución tiene un departamento dedicado a analizar qué fármacos cubre y cuáles excluye, teniendo en cuenta sus costos y beneficios, y estableciendo en qué presentaciones se van a adquirir y cómo se van a prescribir.
A esto se dedica la llamada Dirección Terapéutica Central (DTC) del IGSS.
Sin embargo, durante años, esta entidad no se ha mostrado particularmente activa.
Entre 2019 y 2023, el listado básico del IGSS no tuvo modificaciones, según la información que publica la institución. Y, desde entonces, se ha producido una actualización anual.
En estos cambios, además, no se han producido inclusiones relevantes para las enfermedades más comunes que padecen los afiliados al IGSS. Tampoco se han incluido fármacos de alto costo.
En 2024, por ejemplo, hubo una única inclusión: el esomeprazol, un protector gástrico, y no constan exclusiones.
En 2023, solo se introdujeron fármacos contra el VIH y la hepatitis C y, desde entonces, solo se han comprado cantidades mínimas de ellos.
Esto contrasta, por ejemplo, con lo que sucede en España.
Según explicó el economista de la salud Espín, en ese país las actualizaciones son mensuales. Y en ellas se incluyen informes en los que se razona con detalle la decisión, lo que, a su vez, evita que los pacientes traten de judicializar su compra.
El proveedor mediano que pidió no ser identificado aseguró que la inactividad del IGSS no es casual.
Desde que en 2015 estalló el caso de corrupción conocido como “Negociantes de la Salud”, que mostró cómo algunos vendedores de medicamentos pagaban sobornos para influir en el listado, en el IGSS hay temor a tocarlo, para evitar llamar la atención, según dijo esta fuente.
Pero esto también resulta conveniente para quienes se lucran con la judicialización.
“Así se puede seguir comprando siempre por amparo”, añadió el empresario.

Compras sin evaluación: medicamentos costosos sin evidencia clara
Pero que un fármaco no se añada al listado básico del IGSS también tiene otras ventajas para los proveedores.
Si nunca se incluye, tampoco se puede excluir con lo que la decisión de comprarlo o no, depende únicamente de si se presentan amparos.
Esto abre las puertas a situaciones en las que el IGSS puede verse obligado a seguir comprando por orden judicial medicamentos cuya eficacia genera serias dudas.
Un ejemplo de este fenómeno ha tenido como protagonista a la pirfenidona.
Este medicamento de alto costo está indicado para una enfermedad poco común de los pulmones llamada fibrosis pulmonar idiopática (FPI).
En Guatemala, nunca ha estado incluida en el listado del IGSS, y solo se había comprado esporádicamente por amparo para casos de FPI.
Sin embargo, durante la pandemia, en algunos países, la pirfenidona fue uno de los medicamentos –al igual que otro similar llamado nintedanib– que comenzó a usarse de manera experimental para tratar personas con secuelas respiratorias graves del covid-19.
Es decir, un medicamento muy caro, pero con pocos pacientes potenciales, de un día para otro se convirtió en un fármaco que podía usarse en miles de personas más quienes, además, padecían una enfermedad a la que los sistemas de salud estaban otorgando prioridad absoluta.
Esta oportunidad de negocio no pasó desapercibida para algunas distribuidoras de medicamentos en Guatemala.
Estas empresas, en su mayoría emergentes, ya tenían u obtuvieron la representación de varias pirfenidonas genéricas, fabricadas en Argentina e India.
Y, a partir de 2021, se beneficiaron de una oleada de cientos de amparos para proporcionarles el medicamento a afiliados al IGSS a los que el covid-19 les generó fibrosis pulmonar.

Pirfenidona post covid-19: millones gastados sin evidencia sólida
Primero aparecieron los amparos de pacientes que pedían las marcas Fidroner –que vende Zomapharma– y Fibriet (Rentas y Servicios Empresariales Las Verapaces).
Después se multiplicaron los amparos por las marcas Pirblasius y Plicemin, ambas distribuidas por Importadora y Comercializadora RR.
Luego los pacientes empezaron a solicitar Misofagan, de Plenitud 365.
Estas cinco marcas lograron que cientos de afiliados del IGSS se ampararan a su favor.
En el mercado había varias pirfenidonas. Algunas costaban menos de lo que el IGSS pagó después por estas cinco marcas. Esgrinil, distribuida por Agefinsa, por ejemplo, tuvo un precio de Q190 la unidad en los últimos años.
Sin embargo, estas cinco marcas concentraron prácticamente a todos los pacientes.
Como sucedió con las lenalidomidas o las insulinas, los distribuidores de estas pirfenidonas mantuvieron los precios altos y similares entre sí.
Todas se vendieron por encima de los Q600 la unidad, el triple que Esgrinil. Entre la más cara, Fibriet, y la más barata, Pirblasius, el precio pagado por el IGSS varió solo un 7 %.
Dado que el tratamiento de un año de estas pirfenidonas puede costar entre Q1 y Q2 millones, según un cálculo propio basado en los precios que paga el IGSS, la avalancha de amparos pronto absorbió una cantidad creciente del presupuesto de la institución.
En 2024, el IGSS gastó Q158 millones en pirfenidona. Fue el cuarto fármaco al que se asignó más recursos.
Mientras sucedía todo esto, la efectividad real de la pirfenidona para para tratar la fibrosis pulmonar post covid-19, comenzó a evaluarse en estudios científicos.
El mayor tuvo lugar en hospitales españoles, en más de cien pacientes observados durante seis meses. Un grupo recibió pirfenidona Esbriet –la original, que el IGSS no ha comprado– y otro obtuvo un placebo.
Los resultados fueron publicados en abril de 2025. Su conclusión establece que quienes tomaron Esbriet registraron una mejoría en un indicador, en comparación con el grupo que recibió el placebo. Pero en términos generales, no se detectó una diferencia estadísticamente significativa en el grado de recuperación de los dos grupos.
Sin embargo, el IGSS no analizó si era razonable gastar Q158 millones anuales en un medicamento como este. Simplemente, continuó cumpliendo las órdenes judiciales.
Medicamentos cuestionados que el IGSS sigue comprando por orden judicial
Algo similar, aunque con un impacto económico menor, ocurrió con otro fármaco llamado atalureno.
Este medicamento se había aprobado en algunos países para la distrofia muscular de Duchenne, una enfermedad rara.
Era un fármaco que generaba cuestionamientos. En Estados Unidos, por ejemplo, nunca se autorizó. Pero en la Unión Europea tenía una autorización provisional que permitió su venta en varios países, entre ellos, Guatemala, donde se adquiría por amparo.
En 2024, el IGSS gastó alrededor de Q1 millón en este fármaco.
Sin embargo, en marzo de 2025, la Unión Europea revocó su permiso y anunció que la efectividad del medicamento no se ha podido probar.
En Guatemala, las órdenes judiciales obligaron al IGSS a seguir comprándolo. Y no solo eso. Hubo una pugna entre los dos proveedores de atalureno que hay en el país. El tema fue abordado en una citación en el Congreso por el diputado Cristian Álvarez, quien expuso cómo asociaciones de pacientes y empresas influyen sobre las personas amparadas para que prefieran fármacos de una marca particular.
Cómo el IGSS usa amparos antiguos para justificar compras directas
En principio, el IGSS se opone a los amparos. Siempre intenta defenderse en los tribunales y, con frecuencia, litiga hasta llegar a la Corte de Constitucionalidad para no verse obligado a comprar un medicamento.
Pero, en ocasiones, es el propio Seguro Social, sin que nadie se lo pida, el que recurre a órdenes judiciales para justificar ciertas compras.
Este fenómeno ha recibido poca atención. Sin embargo, en los últimos años adquirió una importancia creciente. Solo en 2024, según encontró esta investigación, el IGSS invocó ciertos amparos como justificación para adquirir, al menos, 194 fármacos diferentes que representaron alrededor de Q1,000 millones.
Esto es posible gracias a varios recursos legales presentados por el PDH contra el IGSS durante los mandatos de Sergio Morales (2002-2012) y Jorge de León Duque (2012-2017).
Estos amparos son diferentes a los mencionados hasta ahora. No fueron promovidos por pacientes para obtener fármacos de ciertas marcas. Eran procesos iniciados por el PDH para presionar al Seguro Social a mantener sus farmacias abastecidas.
En algunos casos, se enfocaban en una enfermedad en particular. Por ejemplo, exigían que el IGSS tuviera disponibles antirretrovirales contra el VIH, cuya escasez había sido detectada por el PDH. Así sucedió con el amparo conocido como 42-2010.
En otros casos, eran más generales y establecían la obligación de que el IGSS contra conexistencias de fármacos, en momentos en los que el PDH identificó una crisis de desabastecimiento. Este es el caso del amparo 64-2016.
El origen de este proceso está en una escasez de medicamentos que surgió en 2016 cuando el Seguro Social argumentó que tenía problemas para abastecerse porque varios de sus contratos estaban vencidos.
El PDH acudió entonces a los tribunales para exigir al instituto garantizar el derecho a la salud a sus afiliados. Y si sus contratos habían vencido, le pidió renovarlos o buscar otra fórmula legal para comprar.
Estos amparos tenían como objetivo obligar al Seguro Social a mejorar su suministro de fármacos, siempre cumpliendo la ley.
Sin embargo, en la práctica, lo que ocurrió es que estos recursos –y en especial el que el IGSS utiliza con mayor frecuencia, el 64-2016– se convirtieron en una vía paraa evadir la ley y justificar decisiones discrecionales.
Compras directas ilimitadas: el vacío legal que aprovecha el IGSS
Esta táctica se ha vuelto una necesidad para el IGSS por un motivo, según coincidieron fuentes consultadas. Todo está vinculado con las reformas a la Ley de Contrataciones de 2015 y, en particular, con los límites que se establecieron entonces, a las llamadas compras directas.
Las compras directas son un mecanismo para adquirir bienes sin pasar por un proceso burocrático extenso.
Básicamente, esta fórmula permite comprar, de un día para otro, bienes o servicios puntuales y de bajo costo, con un valor inferior a Q90 mil. Sin embargo, debido a que es una forma ágil de comprar, las instituciones incurrían en abusos mediante el llamado “fraccionamiento”.
Las reformas de 2015 a Ley de Contrataciones buscaron limitar este fenómeno.
El objetivo era incentivar a las instituciones a utilizar otras fórmulas de contratación que permitieran adquirir volúmenes más grandes, en procesos más competitivos y a precios mejores.
Para conseguir esto se fijó un máximo en las compras directas. Se estableció que, cada cuatrimestre, solo se podría usar la compra directa para adquirir como mucho Q900 mil del mismo producto al mismo proveedor.
Esto representó un problema para muchas entidades del Estado. Pero en especial para el IGSS.
La entidad, que se compone de unas 70 unidades que adquieren medicamentos, depende en gran medida de las compras directas. Y si hay una institución pública que compra repetidamente los mismos bienes a los mismos proveedores, ese es el IGSS.
La entidad identificó formas para cumplir la ley. Por ejemplo, optó por contratos abiertos o las compras a través de UNOPS, que emplea subastas inversas.
Así ocurrió en parte durante un tiempo. Sin embargo, pronto alguien en el IGSS ideó una fórmula jurídica para sortear el nuevo límite.
Si la institución invocaba amparos como el 64-2016 al hacer compras directas, podía argumentar que su obligación de estar abastecido por orden judicial le daba margen para ignorar los límites y, por tanto, evitar sanciones de la Contraloría General de Cuentas.
De esa manera, en los últimos años, el IGSS normalizó el uso de amparos para justificar repetidas compras directas al mismo proveedor.
El año pasado, el 28 % del presupuesto en medicamentos se utilizó de esta forma.
“Amparos como el 64-2016 funcionan como un resguardo frente a la Contraloría –dijo el proveedor mediano que pidió no ser identificado–.`Permiten al IGSS hacer compras directas infinitas, lo que distorsiona la ley y hace que el IGSS siga comprando caro”.

Abastecimiento como excusa para los amparos
El uso de amparos como el 64-2016 resulta especialmente útil al IGSS para justificar la compra de fármacos que solo tienen un proveedor.
Y estos casos, no son pocos. Algunos de los medicamentos en los que más dinero gasta el IGSS terminan en compras sistemáticamente a la misma empresa a través de miles de compras directas.
Por ejemplo, el raltegravir, un antirretroviral para pacientes con VIH, es un negocio exclusivo de La Botica desde hace unos años.
En 2024, el IGSS realizaó unas 1,800 compras directas de este fármaco, a las que destinó alrededor dr Q158 millones.
Otro caso es la canagliflozina, un medicamento para la diabetes que ha sido monopolio de J.I. Cohen, aunque el año pasado surgió cierta competencia en este mercado.
En 2024, el IGSS efectuó unas 1,600 compras directas de canagliflozina a J.I. Cohen, en las que gastó casi Q140 millones.
En ambos casos, estos miles de adquisiciones se respaldaron en los amparos 42-2010 –el raltegravir– y el 64-2016 –la canagliflozina–.
Así, en vez de organizar licitaciones para adquirir mayores cantidades a mejor precio, el IGSS utilizó los amparos para eludir los límites a las compras directas.
Monopolios creados desde el listado básico de medicamentos del IGSS
Esta situación, además, revela un fenómeno más importante.
No es casualidad que fármacos como la canagliflozina o el raltegravir solo tengan un proveedor en el país.
Todo indica que se incluyeron en el listado básico de medicamentos que cubre el IGSS precisamente por esa condición.
En la práctica, fueron concesiones de monopolios. Y la decisión de incluirlos en el listado del IGSS y, al mismo tiempo, excluir otras alternativas más baratas y con más proveedores fue arbitraria, según coincidieron fuentes consultadas para este reportaje.
Así, amparos como el 64-2016 no solo permiten omitir los límites a las compras directas. También sirven para respaldar decisiones cuestionables tomadas por el IGSS hace años.
Este es el caso de la canagliflozina, un medicamento oral para diabéticos. Normalmente se usa en pacientes a los que el tratamiento de primera línea con metformina no les funciona o que presentan algún daño en los órganos, sobre todo en los riñones.
Hay varios fármacos que hacen lo mismo que la canagliflozina. Entre ellos, uno muy similar llamado empagliflozina, que es el que recomienda la OMS como primera opción porque es más barato –en Guatemala cada dosis cuesta menos de la mitad– y dispone de genéricos.
La canagliflozina, en cambio, solo tiene un fabricante: el laboratorio Janssen.
“Pareciera que hay patrón de presiones por un medicamento sin mayor razón clínica… la empagliflozina siempre es preferida antes que otros de ese mismo grupo”, comentó Juanita Vahos, la experta colombiana.
La empagliflozina, sin embargo, nunca ha sido incluida en la cobertura del IGSS. Esto aseguró que durante años un monopolio lucrativo para la canagliflozina y para quien la vende en el país: J.I. Cohen.
Raltegravir: por qué el IGSS compra la alternativa menos eficiente
El caso del raltegravir es similar.
Este es un antirretroviral para pacientes con VIH que se usa en combinación con otros fármacos.
A nivel internacional, lo común es indicarlo solo cuando otros antirretrovirales generan resistencia.
Lo más frecuente es que la primera opción sea un fármaco llamado dolutegravir y que se recurra al raltegravir u otras alternativas solo si este falla.
La OMS recomienda usar dolutegravir al menos, desde 2019. Este antirretroviral es también el que el Ministerio de Salud entrega con mayor frecuencia a través de su convenio de compra con ONUSIDA.
Esto ocurre porque el dolutegravir es más barato –en Guatemala tiene un costo seis veces menor–, más fácil de tomar –es solo una pastilla al día– y menos propenso a generar resistencias que el raltegravir u otras opciones.
“Podemos decir de manera exacta que el raltegravir es peor tratamiento que el basado en dolutegravir. Y no solo por coste y dosificación, si no porque es más fácil que genere resistencias y deje de funcionar”, comentó Pablo Rojo, un infectólogo español asesor de la OMS en VIH pediátrico.
Sin embargo, el dolutegravir no ingresó al listado del IGSS hasta 2023 y, desde entonces, apenas se ha comprado.
De hecho, los pacientes que buscan tratamiento basado en dolutegravir han recurrido principalmente al amparo para obligar al IGSS a adquirirlo.
En cambio, el antirretroviral del que más unidades compró el IGSS el año pasado es el raltegravir.
Y aunque en el pasado sí hubo algún periodo con más de un proveedor, en los últimos dos años, este fármaco se convirtió un monopolio de La Botica.
Cómo UNOPS frenó compras infladas y por qué el IGSS volvió al despilfarro
Manfredo Marroquín, fundador de Acción Ciudadana, una organización anticorrupción, dijo que el despilfarro de recursos en el IGSS es una preocupación desde hace años.
Por eso, según explicó, la entidad acudió a UNOPS entre 2016 y el comienzo de 2023 para externalizar el proceso de comprar medicamentos. Este proyecto se conoció como AMEDIGSS y su propósito era reducir la corrupción y mejorar la eficiencia en el gasto.
Manfredo Marroquín
Accion Ciudadana
“Durante un tiempo se logró contener el incremento de las compras y la actividad de los grupos mafiosos gracias a UNOPS”.
Los datos de ejecución presupuestaria en el renglón de medicamentos del IGSS muestran cómo esto ocurrió. Mientras funcionó el acuerdo con UNOPS, el gasto se mantuvo e incluso disminuyó en algunos años.
Sin embargo, desde que la actual junta directiva del IGSS presidida por el abogado José Adolfo Flamenco, decidió no continuar con el sistema, el dinero invertido en medicamentos aumentó de forma acelerada.
En el último año completo en que funcionó el convenio con UNOPS, 2022, se gastaron Q2,300 millones. Al año siguiente, lo invertido ascendió a casi Q3,400 millones. Un incremento del 45 %.
Además, desde entonces, el gasto ha seguido en aumento y en 2024 llegó a Q3,650 millones.
“En la última administración se desmanteló todo. Se está llevando al IGSS al camino de la ruina”, dijo Marroquín.
Los amparos y la desigualdad en el acceso a medicamentos del IGSS
Este incremento del gasto no podría entenderse sin la proliferación de los amparos.
Pero estos no son solo un problema económico para el IGSS. Inciden también en el mercado nacional de medicamentos, según coincidieron varias fuentes consultadas.
La legislación establece que el Seguro Social debe pagar los precios más bajos del mercado por los fármacos que compra. Es decir, el precio al que adquiere un producto se convierte en el precio mínimo de ese medicamento en el país. De manera que si el IGSS compra caro algo, eleva automáticamente el precio mínimo que todos los demás pagan, también sube.
“El IGSS es el mayor comprador de medicamentos del país y, si compra caro, todos pueden vender caro al resto de instituciones públicas o a las farmacias privadas. Por eso hay tan pocos incentivos para que la industria haga algo al respecto de los amparos”, dijo el exfuncionario del IGSS que pidió no ser identificado.
Pero el problema incluye también uno de equidad entre los propios afiliados al IGSS. A medida que aumenta el presupuesto para los fármacos judicializados, disminuyen los fondos para todo lo demás.
“Ya no compras paracetamol o ibuprofeno, compras los judicializados porque si tú no cumples la sentencia, te vas a la cárcel”–dijo Belén Mena, la experta ecuatoriana–.
“Entonces, ¿qué haces? Quitas la plata a otras cosas. En Ecuador no hay plata para dar de comer a los pacientes porque esa plata se está yendo a los medicamentos judicializados. Entonces, minas al derecho colectivo a la prevención y promoción de la salud, y transfieres capitales al que más grita. Porque ya sabemos que, normalmente, quien tiene acceso a la mejor justicia es quien más plata tiene”.
Para esta serie de reportajes se intentó obtener una entrevista con las autoridades actuales del IGSS. Al cierre de esta edición, no se había logrado respuesta del Seguro Social, pese a repetidas solicitudes.
Esta investigación fue realizada por Asier Andrés y Pilar Crespo de No Ficción, y Maria José Longo, de Ocote, en el consorcio de medios Guatemala Leaks —integrado por Agencia Ocote, No Ficción, Ojoconmipisto, Plaza Pública y Quorum— en el marco de la beca del Centro Latinoamericano de Investigación Periodística, elClip, con el uso de la tecnología Nina.